Juan Ramón Medina Precios

Amnistía y unilateralidad

La tribuna

Amnistía y unilateralidad
Amnistía y unilateralidad / Rosell

09 de septiembre 2023 - 00:00

A medida que el debate sobre la constitucionalidad de la amnistía se va desarrollando, los aficionados vamos aprendiendo algunos rudimentos de Derecho Recreativo Constitucional. Cada vez que algún profesor de esa materia se pronuncia, nos enteramos de algún nuevo matiz. No obstante, como ya se han pronunciado casi todos, hemos entrado en una fase estacionaria, en la que los argumentos se repiten. Al parecer, hay bastante acuerdo en que la amnistía de la transición fue un acierto porque facilitó pasar de la dictadura franquista a la democracia monárquica parlamentaria. Sin embargo, ni siquiera en este caso el acuerdo es total. Por un lado, algunas víctimas del franquismo denuncian que esa amnistía encubrió a los torturadores, cuya inculpación han reclamado en varias ocasiones, si bien con nulo éxito (excepto en Argentina, ese maravilloso vergel jurídico, donde asesinaron al fiscal que había emprendido acciones legales contra la presidenta). En sentido opuesto, también han criticado esa amnistía algunas víctimas del terrorismo, aduciendo que liberó a muchos terroristas de ETA, la mitad de los cuales volvieron a las andadas y siguieron asesinando (de hecho, ETA causó bastantes más víctimas en la etapa democrática que durante el franquismo).

Ya cabe imaginar que, si ni siquiera la amnistía de la transición ha gozado de unanimidad, mucho más difícil va a ser alcanzarla en el caso de la actual. De los argumentos contra la amnistía, cuatro son los que más me convencen. Primero, suelen declararse en los cambios de régimen y, que sepamos, ese no es al caso ahora. Segundo, rompe de raíz la igualdad ante la ley, pues quedarían eximidos unos delincuentes (los separatistas), pero se castigaría a otros que hubiesen cometido los mismos delitos (los no separatistas). Tercero, priva a los jueces de su derecho a juzgar y hacer cumplir lo juzgado. Cuarto, equivaldría a reconocer que las conductas de los autores de la sedición de 2017 no deberían haber estado tipificadas como delito y, por tanto, que España era (y quizás siga siendo) una democracia imperfecta (e incluso una pseudodemocracia). Menos me convence la tesis de algunos separatistas de que esa amnistía es contraproducente porque ellos no cometieron ningún delito y va a liberar a los policías, que fueron (según ellos) los únicos delincuentes.

Como esos cuatro argumentos tienen suficiente peso para aceptar la conclusión de que la amnistía es radicalmente inconstitucional, he buscado con afán argumentos plausibles a su favor. Me atengo al principio epistemológico de que no conviene limitarse a los datos favorables a nuestra hipótesis favorita, sino que es esencial prestar atención a los datos aparentemente desfavorables. Realizada esa pesquisa, me he permitido rechazar la propuesta separatista de que la amnistía resulta imprescindible porque las autoridades españolas no obraron conforme a Derecho al perseguir judicialmente a los sediciosos. El propio Puigdemont ha exigido que se reconozca la legitimidad de su referéndum de segregación si el socialista Sánchez quiere contar con los votos de Juntos por Cataluña. No sé si cumplirá su amenaza o va de farol (según la acreditada expresión de su consejera Ponsatí), pero sí sé que el proceder de las autoridades catalanas separatistas fue por completo contrario a Derecho.

El profesor Urías, en cambio, ha aportado una idea que me parece sumamente interesante. Aun aceptando que la amnistía violaría la igualdad ante la ley, aduce que sería aceptable si solventase algún grave problema social que fuese irresoluble mediante la aplicación ordinaria de las leyes e incluso que esa aplicación pudiese agravarlo. En ese caso, afirma Urías, la amnistía no sería una cuestión estrictamente jurídica, sino de naturaleza política. Y pone un ejemplo de actualidad: si los dirigentes separatistas, y en particular Puigdemont, declarasen que se atendrían a los mecanismos constitucionales si se aprobase una amnistía, esta quedaría avalada. Es lo que el presidente Sánchez ha llamado “pasar página del proceso” separatista. Según esa estrategia, llamada de desinflamación, ya derogar la sedición e indultar a los condenados fue muy positivo y ahora la amnistía culminaría ese camino y acabaría por completo con el conflicto separatista.

Si eso fuese así, yo también me apuntaría a la amnistía. Desgraciadamente, dos datos me indican que eso no es así en absoluto. Primero, que la amnistía urge porque Sánchez necesita los votos de Juntos. Si no los necesitase, sería creíble el argumento, pero esa urgencia lo derrumba. De hecho, hasta hace muy poco los socialistas defendían la inconstitucionalidad de las amnistías. Y segundo, y decisivo, el propio Puigdemont, en su declaración de peticiones, ha confirmado que Juntos no descarta la vía unilateral (obviamente ilegal) y que nunca la descartará. Con eso ha arruinado el mismo fundamento de la amnistía, pues ha confesado que no habrá ninguna desinflamación, aunque se aprobase. Definitivamente, no estamos ante un modo de solventar un problema grave, sino ante un intercambio de favores políticos. Por tanto, inconstitucional.

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