Tribuna

Ángel B. Gómez Puerto

Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Córdoba

Propuestas para reformar la Constitución

Propuestas para reformar la Constitución Propuestas para reformar la Constitución

Propuestas para reformar la Constitución / rosell

En estas fechas de diciembre llevo años pronunciando conferencias en centros públicos de enseñanzas medias de la ciudad de Córdoba, con motivo del Día de la Constitución. Acabo de hacerlo de nuevo, hace unos días, con alumnado de Bachillerato. Aprovecho esta tribuna de opinión para compartir con los lectores de este medio las consideraciones expresadas al estudiantado en estos días.

En primer lugar, es clave expresar algunos conceptos fundamentales previos que creo debemos tener en cuenta para entender qué celebramos cada mes de diciembre en España. Uno de ellos es qué es un Estado. Podemos considerarlo como una organización racional del poder de una sociedad determinada, con tres elementos, poder, pueblo y territorio. Estos elementos son contenido esencial de todo texto constitucional.

Otro concepto esencial es qué es Constitución. Se trata de un documento jurídico que supone la fundación, la génesis, de un Estado, siendo la norma principal de su sistema de fuentes del Derecho. Tiene como funciones esenciales: organizar los poderes estatales (parte orgánica); declarar y garantizar derechos (y deberes) para el pueblo (parte dogmática); así como establecer los objetivos sociales y económicos para el bienestar y progreso de la ciudadanía, el programa de cambio (parte programática; precepto clave: art. 9.2 CE, obligación de los poderes públicos de remover los obstáculos que impiden o dificultan que la igualdad y la libertad sean reales y efectivas).

Elemento conceptual esencial es el de democracia, a la que podemos considerar como un sistema político que tiene como principal característica que el poder reside en el pueblo. Con carácter general la democracia es de tipo representativo, es decir, que la población elige a sus representantes, que son los que aprueban las leyes y nos gobiernan. La democracia es la forma política de la reflexión, así lo expresó Durkheim, sociólogo y filósofo francés. Todo Estado democrático ha de tener una Constitución votada por el pueblo en referéndum. El texto constitucional de 1978 se votó el 6 de diciembre.

Conocidos, someramente, esos tres pilares conceptuales, es determinante conocer las entrañas democráticas de nuestro texto constitucional, recordando determinados artículos de nuestra norma fundamental que contienen el principio democrático, como el artículo primero en el que se proclama que España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho (norma fundante del actual Estado español), expresando que la soberanía nacional (el poder) reside en el pueblo español, del que emanan (surgen) todos los poderes del Estado; o el artículo sexto que considera a los partidos políticos el instrumento fundamental para la participación política, indicando, en todo caso, que su funcionamiento interno ha de ser democrático.

Preceptos esenciales en materia democrática con también el artículo 16 que proclama como fundamental la libertad ideológica; el artículo 20 que expresa como fundamental la libertad de pensamiento y opinión, así como de expresión de dichos pensamientos e ideas, por escrito, de palabra, o por cualquier otro medio; el artículo 21 en el que se proclama como fundamental el derecho de reunión y de manifestación, siempre que sean pacíficas; o el artículo 23, que proclama el derecho a participar en política, en una doble dimensión, derecho a votar (sufragio activo) y derecho a ser votado, a ser elegido representante de pueblo (como diputado, concejal), conocido como sufragio pasivo.

En tercer lugar, siguiendo la metodología que suelo utilizar en mis clases universitarias y en mis trabajos académicos, paso a la fase de propuestas de mejora, la parte práctica de la reflexión. En mi ensayo Los partidos políticos en la Constitución: las entrañas de la democracia (Dykinson, Madrid, 2021) propongo un decálogo para una mejor y mayor democracia, entre las que destaco que se consulte al pueblo en referéndum de manera habitual en asuntos importantes y que sea vinculante el resultado (y no consultivo como ahora); que el pueblo pueda solicitar, con un número de firmas, la celebración de un referéndum o el inicio de un proceso de reforma de la Constitución (actualmente está a la voluntad de los partidos políticos en las Cortes Generales); que el pueblo pueda elegir, entre juristas, a los miembros del Tribunal Constitucional y del Consejo General del Poder Judicial, así como del Defensor del Pueblo; así como la implantación de un sistema electoral de listas abiertas, poder elegir nombres de candidato/as a diputado/as de varios partidos, o alterar el orden de las que proponen los partidos políticos.

El objetivo de las diez propuestas de mi ensayo es lograr una mayor conexión sociedad, en particular la población joven, mejorar el compromiso con la democracia, con las instituciones de representación política, problema común a muchas de las democracias de nuestro entorno, así como la cuestión de la (falta) democracia interna en los partidos políticos, o la transparencia de su financiación, preocupaciones que se han puesto de manifiesto en el reciente I Congreso Internacional sobre el derecho de partidos políticos en Europa: origen, evolución y perspectivas, en el que he tenido la oportunidad de participar, como asistente, en el pasado mes de noviembre de 2022.

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