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Ante el diseño del currículo correspondiente a las distintas áreas o materias de enseñanza, tras la reciente reforma del sistema educativo establecida por la Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica de Educación (Lomloe, 2020), se consideran "aprendizajes esenciales" asociados, por algunas interpretaciones, con un cierto "retorno a la básico" en materia educativa. Ahora bien, tales aprendizajes esenciales, en la propuesta del diseño, por el Gobierno, de las enseñanzas mínimas, incluyen no solo los contenidos, sino otros aspectos, como se detallará. Antes conviene precisar que las enseñanzas mínimas más bien son comunes, ya que no indican un nivel básico e indispensable de adquisición o de aprendizaje por el alumnado, sino la garantía de una formación común y la validez de los títulos académicos correspondientes.
De ahí que, tal como se formula en la ordenación básica del sistema educativo, el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, fijará, en relación con los distintos elementos del currículo (objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación), sus aspectos básicos que constituyen las enseñanzas mínimas. Estas requerirán, por ello, el 50% de los horarios escolares en las comunidades autónomas que tengan lengua cooficial y el 60% en el caso de aquellas que no la tengan. Cuestión que refuerza el carácter común y no mínimo de tales enseñanzas. Así como el posterior desarrollo que las administraciones educativas llevarán a cabo para establecer el currículo de las distintas áreas o materias, del que formarán parte las enseñanzas mínimas. Los centros docentes, por su parte, han de desarrollar y completar, en su caso, el currículo de las diferentes enseñanzas en uso de la autonomía que se les atribuye.
Así las cosas, la propuesta de estructura curricular para la elaboración de las enseñanzas mínimas, presentada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, antes del cambio de su titular en la remodelación del Gobierno, incluye la definición de "perfiles competenciales", tanto al concluir la Educación Primaria como la Educación Secundaria Obligatoria, que marquen rumbo o den referencia a los procesos de enseñanza y de aprendizaje. Para ello, debe considerarse el marco de las competencias clave que establece la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 22 de mayo de 2018.
Apreciables son las controversias, con desiguales fundamentos o intenciones, sobre el carácter de las competencias y de los conocimientos, como si unas y otros tuvieran poco que ver o, todavía más, determinaran distinto alcance de los contenidos de las enseñanzas. Bastaría leer el anexo de la Recomendación anterior a fin de comprobar que las competencias clave incluyen tres elementos característicos para su progresiva adquisición inicial por el alumnado, en la educación escolar, y después en continuos procesos de educación permanente. En definitiva, las competencias reúnen conocimientos, capacidades y actitudes. Y de este modo queda definido el carácter de los primeros: "Los conocimientos se componen de hechos y cifras, conceptos, ideas y teorías que ya están establecidos y apoyan la comprensión de un área o tema concretos".
Con este trasfondo de las competencias clave, los perfiles competenciales elaborados como referencia para su logro al concluir la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria propician la continuidad de estas dos etapas de la educación básica. Además, son la perspectiva directa de los aprendizajes esenciales. Estos se establecen para cada área o materia y no consideran solo los saberes básicos o contenidos que debe adquirir el alumnado, sino asimismo las competencias específicas de las áreas o de las materias con que se relacionan, y los criterios de evaluación que ayudan a valorar los logros de los estudiantes.
De ahí que los perfiles competenciales para la finalización de las etapas educativas se concreten en "descriptores competenciales", con objeto de definir las competencias específicas de las distintas áreas o materias. Como, asimismo, que los criterios de evaluación de estas últimas se vinculen directamente con los perfiles competenciales de las etapas, a través de las competencias específicas de tales áreas o materias. Y los contenidos, en cuanto saberes básicos de las enseñanzas mínimas, están relacionados con los criterios de evaluación porque se establecen teniendo en cuenta los resultados que esos mismos criterios formulan. Por tanto, los aprendizajes esenciales son el desarrollo curricular de las distintas áreas o materias, en las enseñanzas mínimas, que ha de ser posteriormente completado por las Administraciones educativas y los centros.
Al cabo, ya que las nuevas enseñanzas, tras la reforma educativa, comienzan su implantación el curso 2022-2023, han de tomar forma las enseñanzas mínimas, de modo que las administraciones y los centros aborden, antes del inicio de ese curso, su desarrollo curricular.
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