Caso ere

Nueva polémica entre la Fiscalía y Alaya por la retirada de unos correos electrónicos de la causa

  • El Ministerio Público acusa a la juez de sustraer esos elementos al "control" del fiscal y al conocimiento de las partes.

La Fiscalía Anticorrupción ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia de Sevilla contra la decisión de la juez Mercedes Alaya, que investiga el escándalo de los ERE fraudulentos, de sacar de la causa unos correos electrónicos incluidos en un atestado de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y que la magistradas considera que “no son relevantes para el esclarecimiento de la causa”, una decisión que el Ministerio Público considera que supone “sustraer al control” del fiscal y al “conocimiento” del resto de las partes esos correos.

En un escrito remitido al juzgado de Instrucción número 6, la Fiscalía considera que la juez sigue sin “dar respuesta jurídica” a su pretensión, limitándose a negar la existencia de esa indefensión porque el fiscal tiene copia del atestado y porque, según precisó Alaya en una providencia ya “se comentó en presencia del Ministerio Público y de esta proveyente la existencia de ciertos correos que no aportaban nada a la causa y que no debían ser incluidos por el necesario respeto a ciertos derechos fundamentales”.

La Fiscalía asegura que no va a entrar a discutir la existencia de esa “conversación” ni su contenido exacto porque “no usa esta Fiscalía como argumento de su pretensión conversaciones ni comentarios vertidos en despachos”.

El Ministerio Público añade que la juez no ha especificado cuáles son esos correos ni los derechos fundamentales que hay que respetar y puntualiza que “aún cuando esta Fiscalía puede llegar a intuirlos, gracias a la lectura de la copia del atestado, lo cierto es que el resto de las partes personadas no” porque no se les dio traslado del atestado.

El escrito concluye que Alaya, con carácter previo, “no puede sustraer al control del fiscal y al conocimiento del resto de las partes, ni la identificación de tales correos, ni el criterio elegido para su supresión ni el destino que se les dará a los mismos, pues no deberán formar parte no sólo del atestado, sino tampoco de cualquier tipo de documentación anexa, entendiendo que ello debe hacerse mediante resolución motivada en forma de auto”. En esa resolución deben hacerse constar “de forma clara y precisa las instrucciones dirigidas a la UCO”, pero asegura que no sólo para este caso concreto “sino para todos los demás atestados que se elaboren como consecuencia del análisis de la documentación hallada de los restantes registros realizados en los domicilios de todos los demás imputados”.

Dice el fiscal que si se produce una inseguridad jurídica no lo será por su último recurso, sino que lo será para el resto de las partes “como consecuencia de la generalización y laxitud de la resolución que ahora se recurre en apelación”. Y en este sentido, los fiscales Anticorrupción recuerdan que el Ministerio Público tiene entre sus “obligaciones esenciales e irrenunciables las de velar por el respeto de las garantías procesales de los imputados y por la protección de los derechos de la víctima y de los perjudicados por el delito”.

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