caso de los ERE

Los empresarios, "víctimas" ante el "Dios" que concedía las ayudas

El ex director de Trabajo Javier Guerrero. El ex director de Trabajo Javier Guerrero.

El ex director de Trabajo Javier Guerrero. / D. S.

Escrito por

· Jorge Muñoz

Redactor jefe / Tribunales

La decisión de la Audiencia de Sevilla de archivar la causa contra un empresario que recibió 50.000 euros de las ayudas de los ERE para el pago de las nóminas de sus trabajadores reabre el debate sobre si los beneficiarios que recibieron dichas subvenciones podrían ser incluso considerados como víctimas más que delicuentes ante la actuación del "Dios" de las ayudas, como definió uno de los empresarios para referirse al fallecido director general de Trabajo Javier Guerrero, el principal investigado en el caso.

En febrero de 2018, la entonces instructora de los ERE, la juez María Núñez Bolaños, ya archivó dos piezas de los ERE con el argumento de que los beneficiarios de las ayudas podían considerarse "víctimas o perjudicados" más que "delincuentes" de la "caótica y desordenada" tramitación de los expedientes por parte del ex director general de Trabajo Javier Guerrero. Así se pronunció la juez en dos autos en los que archivó la investigación de las ayudas al Obispado de Cádiz y a la empresa Azucareras Reunidas de Jaén.

La magistrada concluyó que no se había acreditado durante la investigación la responsabilidad de los beneficiarios de las ayudas, por cuanto éstas se piden "en la convicción del derecho, bajo el principio de confianza en la administración, y dando el destino a la misma para el que se otorgó, lícito y justificado".

Así, la magistrada argumentó que "ninguna responsabilidad penal puede atribuirse ni a los trabajadores ni al Obispo o personal del Obispado, quienes, más que delincuentes, podrían considerarse víctimas o perjudicados por la actuación" de la Dirección General de Trabajo. "Podemos decir, después de todo lo actuado, que se podría calificar a la gestión y tramitación que se llevaba en la Dirección General de Trabajo, siendo director general" Francisco Javier Guerrero, "como caótica por el desorden en la tramitación de los expedientes", aseveraba la instructora, que no obstante subrayaba que "del trámite seguido, de la falta de documentación y desorden en la Dirección de Trabajo, de lo adecuado o inadecuado del origen de la partida presupuestaria de la que procede la ayuda, no se puede responsabilizar al ciudadano, al administrado".

La instructora añadió que "ninguna responsabilidad penal puede tener el ciudadano" que solicita una subvención o ayuda y que, "bajo el principio de confianza en nuestras instituciones, asume la situación de sujeto en una relación jurídico-administrativa, ante una irregular actuación de la administración en el procedimiento de concesión".

La "caótica" tramitación de los expedientes

"Guerrero era un Dios para mí". Esto es lo que declaró el empresario José Román Sánchez cuando declaró como investigado ante la juez, en relación con la ayuda de 1.009.365,62 euros que recibió la empresa Centro de Limpieza Huévar y cuya pieza fue archivada en marzo de 2018, al estimar la juez que tampoco se le puede atribuir "ninguna responsabilidad penal" a este imputado, quien "más que delincuente puede considerarse víctima o perjudicado por la actuación de la Dirección General de Trabajo" que durante una década dirigió Javier Guerrero.

El empresario prestó declaración el 13 de octubre de 2016, en una comparecencia en la que puso de manifiesto que el procedimiento seguido para conceder la ayuda era, en su opinión, "bastante serio". En un momento de la declaración, el empresario se refirió a la confianza depositada en la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, pero sobre todo en la del director general, Javier Guerrero. "Guerrero era un Dios para mí".

Según el empresario, había obtenido una ayuda del IFA del 35% de la inversión para realizar el proyecto, un Centro de Limpieza en Lebrija, pero en esta ciudad no se podía hacer por diversas razones, por lo que las administraciones, fundamentalmente los Ayuntamientos, para no perder la inversión, se interesaron para que se realizara en otras localidades. El investigado necesitaba el 50% de la inversión para realizar el proyecto, por lo que el 15% restante llegó desde la Dirección de Trabajo, pero para conseguirlo habló "con muchos funcionarios" y presentó numerosos documentos en el registro, llegando incluso a habla alguna vez con el delegado provincial de Empleo en Sevilla, Antonio Rivas.

El empresario "no vio nada extraño en el proceso", precisaba la juez en el auto, que recordó que el investigado señaló que estuvo "nueve años peleando para conseguir una subvención" y lo justificó "todo", por lo que cuando le llamaron para que reintegrara la ayuda le sonó "como un error" y fue entonces cuando le dijeron que "sólo había un papel", por lo que tuvo que aportar toda la documentación de nuevo.

La juez consideró que la gestión de Javier Guerrero en la dirección general de Trabajo podía calificarse de "caótica, por el desorden en la tramitación de los expedientes", por lo que "salvo superior criterio, debemos entender que ninguna responsabilidad penal puede tener el ciudadano que, bajo el principio de confianza en nuestras instituciones, asume la situación de sujeto en una relación jurídico-administrativa, ante una irregular actuación de la administración en el procedimiento de concesión.

Y la Audiencia de Sevilla, en julio de 2020, exculpó a los empresarios de Mac-Puarsa, en relación con las ayudas para dos ERE de 2002 y 2004, por importes de 3,2 y 5,5 millones de euros para cubrir las prejubilaciones de 46 y 27 trabajadores de las empresas TAMC y Mac-Puarsa componentes mecanizados.

En el auto, el tribunal avaló la decisión de la juez María Núñez Bolaños, que en marzo de 2019 archivó la causa contra los empresarios Gonzalo y Romualdo de Madariaga Parias, así como del resto de los ex altos cargos imputados.

En esa resolución, los magistrados decían que de la actuación de los empresarios “no puede inferirse que conocieran de las irregularidades o ilegalidades cometidas por la administración autonómica para hacerse cargo de las ayudas comprometidas sin sujeción a norma alguna, extramuros de la legalidad”, por lo que confirmaron el sobreseimiento acordado por la entonces instructora de los ERE.

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