El Jerez Industrial está a un punto del cuarto clasificado después de que el Comité de Apelación haya estimado parcialmente el recurso del club industrialista a la sanción a Barrera, al que le cayeron 15 partidos de suspensión por diversos motivos que llevaban aparejadas dos advertencias a efectos de ciclo. Como quiera que el Industrial ya tenía una advertencia anterior por una sanción a Pascu de 5 partidos, Competición sancionó al club blanquiazul con la pérdida de un punto, que le ha devuelto ahora el Comité de Apelación.
En efecto, el recurso del Jerez Industrial ha prosperado. A tenor de la redacción del acta, el club blanquiazul alegó que no había habido reiteración en la ofensa de Barrera a Muñoz Orihuela, árbitro del partido en El Torno. Competición había sancionado al delantero blanquiazul con 5 partidos de suspensión "por insultar u ofender al árbitro, árbitro asistente, dirigentes o autoridades de manera reiterada o especialmente ostensible (dicha acción conlleva una advertencia a efectos de ciclos en aplicación del art. 75)", pero al no haber reiteración ni ser de manera especialmente ostensible, según recogía el acta del partido, Apelación ha estimado el recurso del club industrialista, rebajando de 5 a 3 partidos la sanción con lo que desaparece la advertencia a efectos de ciclos.
Así, el Industrial queda con dos advertencias por sendas faltas graves -la sanción de Pascu de 5 partidos y la de Barrera de 7- y a la próxima sí habrá sanción de un punto, pero por lo pronto el equipo blanquiazul recupera el punto que le retiraron y figura en la clasificación con 45 puntos, a uno de la cuarta plaza.
Por su parte, a Barrera le rebajan de 15 a 13 los partidos de sanción, con lo que podría jugar el play-off final de ascenso si el Industrial se clasifica entre los cuatro primeros y supera la primera eliminatoria.
El fallo de Apelación es este: "Estimar parcialmente el recurso de Apelación interpuesto por el club Jerez Industrial CF contra Acuerdo del Comité de Competición de la Delegación Gaditana de Fútbol, de que se viene haciendo méritos y, en su virtud, con revocación parcial de la resolución recurrida, en el sentido de dejar sin efecto la sanción impuesta de 5 partidos al jugador D. Jesús Barrera, en aplicación del artículo 36.5, dejándola en 3 partidos en aplicación del artículo 36.3, como autor de falta leve, y dejando sin efecto igualmente la sanción de pérdida de un punto previsto en el artículo 75 del Código, estando tan sólo vigente las advertencias, confirmando el resto de las sanciones impuestas".
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