Huelga de médicos
Prevista el 14 y 15 de enero

El Tribunal Supremo rechaza que José Luis Ábalos asista este jueves a la comisión Koldo en el Senado

El Alto Tribunal se opone a también a la petición del ex ministro y su ex asesor de ser juzgador por un jurado popular.

El PP cita el 8 de enero en el Senado a Ábalos, en prisión preventiva

El ex ministro Jose Luis Ábalos, a su salida del Tribunal Supremo.
El ex ministro Jose Luis Ábalos, a su salida del Tribunal Supremo. / J. J. Guillén (Efe)
Agencias

07 de enero 2026 - 12:00

El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha denegado la autorización solicitada por el Senado para que el exministro de Transportes José Luis Ábalos, que se encuentra en prisión preventiva, asista mañana, jueves, a la comisión de investigación abierta en la Cámara Alta sobre el caso Koldo.

El magistrado ha dictado un auto este miércoles en el que considera que, ante la singular premura de la solicitud, no es posible otorgar dicha autorización, sin perjuicio de que el Senado vuelva a solicitarlo con tiempo suficiente "para que resulte posible la imprescindible audiencia previa de las partes".

La comisión de investigación abierta en el Senado, en la que el PP tiene mayoría para tomar decisiones, acordó citar a Ábalos el jueves en la que hubiese sido la comparecencia número 99 de la comisión y la segunda del también exsecretario de Organización socialista, que contestó a las preguntas de los senadores el 6 de mayo de 2024.

José Luis Ábalos se encuentra en prisión preventiva junto a quien fuese su más estrecho asesor, Koldo García, desde el pasado 27 de noviembre a la espera de juicio por presuntas comisiones ilegales en contratos públicos de mascarillas en pandemia, en el que también se sentará en el banquillo el supuesto comisionista, Víctor de Aldama.

El TS rechaza que Ábalos y Koldo sean juzgados por un jurado popular en el juicio de las mascarillas

Ábalos y Kondo no serán juzgados por un jurado popular

El Supremo ha rechazado también la petición del ex ministro de Transportes y su ex asesor para que les juzgue un jurado popular en el juicio por las presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia. Puente se opone a lo solicitado por Ábalos y también por García, que se adhirió, para el enjuiciamiento por tribunal de jurado, formado por ciudadanos. Ábalos reclamaba además la nulidad de los autos de procedimiento abreviado y apertura de juicio oral ya dictados contra él, de cara al juicio en el que se enfrenta a peticiones de hasta 30 años de cárcel. Puente responde que la ley reguladora del jurado lo excluye cuando se trata de delitos cuyo enjuiciamiento, como en este caso, venga atribuido a la Audiencia Nacional, aunque por razón del aforamiento de uno de los investigados corresponda al Supremo la instrucción y fases posteriores, como el juicio, de los mismos. A ello agrega que el escrito del exministro señala con "acierto" que "el aforamiento modifica el órgano judicial ordinariamente competente, pero no el procedimiento".

stats