Feria de Jerez

Feria de Jerez: los caseteros deben publicitar los precios

Varios operarios montando una de las casetas en la Feria de Jerez

Varios operarios montando una de las casetas en la Feria de Jerez / Manuel Aranda

El ritmo del montaje de las casetas y toda la infraestructura de la Feria de Jerez en el parque del González Hontoria es frenético a escasos diez días del inicio de uno de los eventos más renombrados de la ciudad, declarada de Interés Turístico Internacional.

Por ello, la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía, recuerda a las personas consumidoras y usuarias que las casetas del recinto jerezano, los puestos ambulantes y las atracciones de Feria deben contar con hojas de quejas y reclamaciones a disposición de las personas que las soliciten, y con el cartel anunciador de las mismas.

Publicitar los precios de casetas, atracciones y puestos ambulantes

Consumo también incide en la importancia de la higiene de los establecimientos y de los alimentos que se sirven, por lo que debe desconfiarse de aquellos que carezcan de unos mínimos de higiene. Asimismo, los establecimientos y personas vendedoras ambulantes que cuentan con las correspondientes autorizaciones y licencias suponen una garantía de seguridad, frente a los que carecen de las mismas. Consumo también incide en la obligatoriedad de la publicidad de los precios en todos los establecimientos: casetas, atracciones de feria, puestos ambulantes, etc.

En materia de restauración, los establecimientos tienen la obligación de exponer (mediante cartas, listas de precios u otros soportes, como pizarras o murales) los precios al público. Además, deberá indicarse el precio total, incluidos los impuestos.

En los servicios cuya prestación a la clientela se haga en mesa, se deberá entregar a las personas consumidoras y usuarias, siempre antes de la prestación del servicio, una carta o lista que contenga la totalidad de lo ofertado con mención expresa de los productos, servicios y sus precios.

Si los precios en barra fueran distintos de los de mesa, deberán hacerse constar ambos en la carta o lista de precios y en cualquier otro medio de publicidad utilizado.

Del mismo modo, cuando se oferten productos que sean de charcutería, queso u otros productos susceptibles de ser cortados de una pieza principal, se deberán ofrecer al público por unidades de peso.

Igualmente, si se ofertarán moluscos o crustáceos deberán ofrecerse al público bien por peso o por unidades, indicándose, en este último caso, su número.

Queda expresamente prohibida en las cartas, listas de precios o cualquier otro medio de publicidad la expresión "precio según mercado" o similares.

Consumo Responde al servicio del usuario

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía.

Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web, del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es; y de los perfiles de Twitter (@consumoresponde), Facebook e Instagram (@consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

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