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Jerez

Cuatro años y siete meses de prisión para los autores de un robo en una tienda de la zona sur de Jerez

La avenida Puerta del Sur, en una imagen de archivo.

La avenida Puerta del Sur, en una imagen de archivo. / Miguel Ángel González

Los dos autores del robo a una tienda de la zona sur de Jerez en el verano del año pasado han sido condenados a una pena de prisión de cuatro años, siete meses y 15 días por un delito de robo con intimidación.

También ha sido condenado un tercer participante, en este caso como cómplice al haberse quedado fuera del establecimiento vigilando mientras se cometía el atraco, a una pena de dos años, siete meses y 15 días de prisión. La pena ha sido ratificada recientemente por la sección jerezana de la Audiencia Provincial tras un pronunciamiento condenatorio del Juzgado de lo Penal número 1 de Jerez.

Los hechos ocurrieron a mediados de julio de 2023 cuando los tres condenados robaron en un establecimiento de la avenida Puerta del Sur. Dos de ellos accedieron al interior del establecimiento tapándose la cara con unas mascarillas y portando unos cuchillos de grandes dimensiones. Mientras, un tercero se quedó fuera del local realizando labores de vigilancia.

Ya en el interior, uno de ellos se dirigió a las dependientas con un cuchillo en mano y exigiéndole que le entregaran el dinero que había en la caja. Mientras, el otro implicado se quedó en la puerta del establecimiento realizado también labores de vigilancia. Finalmente, lograron llevarse unos 350 euros y huyeron del lugar, aunque días después fueron detenidos por la Policía Nacional.

Los tres participantes, a los que le constaban antecedentes penales por otros robos con violencia o intimidación (dos de ellas por hechos ocurridos en Málaga y uno en Jerez), fueron condenados por el Juzgado de lo Penal. En el cálculo de la condena se aplicaron las circunstancias agravantes de reincidencia y de uso de disfraz para perpetrar el delito. No obstante, dos de los condenados recurrieron ante la Audiencia Provincial.

Sin embargo, el tribunal provincial ha rechazado los recursos alegando que ha quedada demostrada la participación de ambos en los hechos. Uno de los que accedió al establecimiento alegó que, aunque había acompañado al implicado que se dirigió a las dependientes, ni llevaba cuchillo ni participó en el robo. Este extremo lo rebate la Audiencia quien advierte de que no puede negarse su participación ya que quedó demostrado llevaba el arma blanca y que accedió a la tienda con la cara tapada, una conducta que se considera “intimidatoria” para obtener el dinero de la caja.

El tercer participante alegó que, aunque había acompañado a los otros dos a la tienda, no había participado del robo, quedándose en la acera del establecimiento. Sin embargo, en el juicio se corroboró tanto su presencia como su huida tras cometerse el robo con los otros dos implicados, circunstancia que “evidencia que realizó labores de vigilancia”.

Por lo tanto, la Audiencia respalda que hay elementos probatorios suficientes para ratificar el pronunciamiento del Juzgado de lo Penal. El fallo puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.

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