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Recomendaciones ante la revisión del gas butano

  • La empresa debe estar reconocida por la Junta y su personal, con el carné de instalador

La revisión periódica del gas es el proceso mediante el cual una empresa visita un domicilio que utiliza gas butano y certifica que la instalación se encuentra en un correcto estado de mantenimiento. La ley establece que estas revisiones han de realizarse cada 5 años.

Empresas instaladoras

Cualquier empresa instaladora de gas butano puede realizar una revisión periódica de gas butano, siempre que cumpla dos requisitos: estar reconocida como empresa instaladora por la Junta de Andalucía y que su personal tenga el carné de instalador debidamente homologado.

El consumidor no está obligado a aceptar la visita de un técnico en su domicilio que le ofrezca una revisión periódica de gas butano antes de los 5 años de la última revisión. Además, en el caso de que ya hubiera pasado el plazo de 5 años desde la última revisión, el consumidor tampoco está obligado a aceptar la visita de un técnico en su domicilio, pudiendo el consumidor ponerse en contacto con la empresa que él considere oportuna para la realización de la revisión.

En un principio, el técnico ha de limitarse a realizar una revisión de su sistema de gas butano, indicándole aquellos elementos del mismo que no funcionan correctamente, si es que los hubiere, recomendando lógicamente su sustitución. El consumidor siempre podrá elegir qué empresa instaladora es la que quiere que le realice esos cambios, no estando obligado a que se realicen en el momento de la revisión periódica por parte del técnico que visita su domicilio, aconsejando en estos casos que se comparen precios y servicios de diferentes empresas instaladoras, decantándose por la empresa que mejor se adapte a sus necesidades.

El consumidor antes de contactar con la empresa ha de verificar que ésta se encuentra autorizada por la Junta de Andalucía para realizar estas inspecciones, teniendo todo el derecho de solicitar al técnico algún documento que lo demuestre que la empresa esté autorizada.

Si el consumidor recibe la visita de un técnico en su domicilio sin haber contactado previamente con la empresa, debe recordar que no es obligatorio que esta empresa realice la revisión periódica, aunque si el consumidor así lo cree oportuno, tiene igualmente derecho de solicitar al técnico la documentación que acredite que la empresa para la cual trabaja está autorizada por la Junta de Andalucía, así como el carné instalador del técnico debidamente homologado.

Derechos del usuario

Al igual que en cualquier otro servicio (fontanería, electricidad, albañilería...), el consumidor tiene todo el derecho de solicitar un presupuesto en el cual el técnico instalador tendrá que indicar las operaciones que se van a realizar y el precio de posibles sustituciones de piezas en caso de que así fuera necesario.

El consumidor tiene el derecho de recibir una factura de las tareas realizadas y las piezas sustituidas, en el caso de que hubiese sido necesario. En el caso de que se haya producido la sustitución de piezas que estuvieran caducadas o se encontraran defectuosas, se aconseja al consumidor que solicite al técnico las piezas antiguas, ya que en caso de que se presentara una reclamación en el futuro serían una prueba de gran utilidad.

En la actualidad, algunas empresas están proponiendo a sus clientes la realización de contratos de mantenimiento para sus domicilios. Sobre estos contratos de mantenimiento hay que indicar que no es obligatoria su contratación, al realizar la revisión periódica de gas butano cada 5 años. Este contrato no es válido como documento oficial de revisión periódica de gas butano, que se tendrá que seguir realizando cada 5 años.

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