El Supremo no admite a trámite el recurso de Rollán por su despido en Onda Jerez

Pedro Rollán.
Pedro Rollán.
E. M. Cañas

27 de marzo 2014 - 01:00

El Tribunal Supremo ha declarado firme la sentencia del Juzgado de lo Social que avaló el despido de Pedro Rollán como director gerente de Onda Jerez (Jecomusa), un cargo que ostentó entre 2005 y 2011. En un auto fechado el pasado 19 de febrero y elaborado por la sección primera de la Sala de lo Social, el Alto Tribunal no admite a trámite el recurso de casación que presentó el ex directivo de la radiotelevisión municipal una vez que el TSJA (Tribunal Superior de Justicia de Andalucía) confirmó en diciembre de 2012 la sentencia del Juzgado de lo Social jerezano de 2011.

El Supremo reitera los hechos probados de los fallos anteriores sosteniendo que Rollán mantenía una vinculación contractual de alta dirección con Jecomusa al tener facultades y responsabilidades tales como la contratación de trabajadores, la formalización de acuerdos para el pago de deudas, la negociación y firma del convenio colectivo o la autorización de derechos televisivos, entre otros. En cambio, el ex director alegaba que su relación laboral era común por lo que reclamaba que su despido se ajustara a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores para este tipo de casos, con la correspondiente indemnización (de 20 días si se declaraba procedente su despido o 45 si se calificaba como improcedente). Jecomusa, en cambio, procedió a lo que se denomina técnicamente como desistimiento del empresario, una finalización del contrato para altos directivos cuya indemnización, salvo que se fije otra en el acuerdo laboral, es de siete días del salario en metálico por año de servicio con el límite de seis mensualidades.

En el recurso de casación, Rollán planteó un recurso de casación para unificación de doctrina comparando su caso con otro juzgado en Madrid en 1995, una tesis que no ha sido aceptada por el Alto Tribunal.

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