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Tribunales

El Supremo ratifica el aumento de condena a un hombre que violó a una mujer en Jerez

Exterior del Tribunal Supremo.

Exterior del Tribunal Supremo. / EFE

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de siete años y medio de prisión al autor de una violación a una mujer en 2021 en Jerez. El alto tribunal ha rechazado el recurso que presentó el condenado, que permanece en prisión desde hace más de dos años, y ha confirmado el pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que ya elevó la pena de cárcel por un delito de agresión sexual impuesta inicialmente por la sección jerezana de la Audiencia Provincial.

Los hechos se remontan a abril de 2021 cuando el penado abordó a una mujer que estaba en la calle y, tras agarrarla, se la llevó a la fuerza a las traseras de un edificio donde la agredió sexualmente, provocándole además una serie de lesiones en varias partes de su cuerpo. El penado, un hombre de nacionalidad argelina que se encontraba en situación irregular en el país, fue detenido por la Policía poco después. Mientras, la víctima fue auxiliada en un primer momento por un vecino de la zona.

El juicio se celebró en octubre de 2022 en la sección jerezana de la Audiencia Provincial, un tribunal que acabó condenándolo a cinco años y un mes de prisión por un delito de agresión sexual. Sin embargo, el fallo fue recurrido ante el TSJA tanto por el condenado como por la Fiscalía.

En su pronunciamiento, el alto tribunal andaluz determinó que la pena debía incrementarse hasta los siete años y medio ya que deberían haberse tenido en cuenta las lesiones causadas a la víctima durante la consumación del acto delictivo y la gravedad de los hechos cometidos. En este sentido, en el pronunciamiento judicial se incide en que el acusó la “golpeó en diferentes partes del cuerpo”.

Tras esto, la defensa del autor de la violación presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Así, tras admitirlo (la Fiscalía se opuso), la Sala de lo Penal deliberó y emitió el fallo el pasado día 4 de este mes de octubre.

Sobre este asunto, el máximo órgano judicial ha rechazado los argumentos expuestos por la defensa del condenado en su recurso de casación y ha ratificado tanto la pena como el pronunciamiento realizado por el alto tribunal andaluz cuando revisó la condena el pasado mes de abril.

Así, el Supremo incide en que el fallo recurrido justifica “de forma motivada” que los hechos analizados “son de suma gravedad” puesto que la agresión sexual se realizó “mediante el ejercicio de la violencia sometiendo a la víctima a los deseos sexuales del condenado”, de ahí que respalde el incremento de los años de condena a los impuestos inicialmente.

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