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Jerez

El gobierno municipal afirma que la oposición en Jerez "tiene garantizados los derechos estipulados por Ley"

  • Tras las críticas del resto de partidos, destaca que "el reparto competencial para los municipios de gran población establece para ciudades como Jerez que el pleno sólo tiene función de control y de desarrollo normativo".

  • "Los partidos de la oposición no tienen función ejecutiva, porque esta es una atribución que tienen la junta de gobierno y la alcaldesa", añaden

  • La oposición en bloque recrimina al gobierno local de Jerez su "imposición constante"

Celebración de un pleno en el Ayuntamiento.

Celebración de un pleno en el Ayuntamiento. / Manuel Aranda

La oposición en bloque ha recriminado este jueves al gobierno local su "imposición constante". Tanto PP, como Ciudadanos, Adelante Jerez y Grupo Mixto (Ganemos) han criticado que el teniente de alcaldesa José Antonio Díaz decida sobre los asuntos de la junta de portavoces "sin permitir la votación ni participación" del resto de los grupos.

Tras las críticas, desde el gobierno municipal ha respondido este jueves por la tarde remitiéndose a la Ley de Bases de Régimen Local. “La oposición tiene garantizados los derechos estipulados en esta norma, por la cual, el pleno tiene atribuidas la función normativa y la función de control al gobierno. Esta Ley prácticamente ha calcado el mismo reparto competencial que tenemos a nivel estatal, pero parece ser que la oposición en Jerez no respeta el Estado de Derecho”, han afirmado en un comunicado.

Asimismo, han añadido que “la Ley de Bases de Régimen Local establece un reparto competencial en los municipios de gran población, como es el caso de Jerez, diferente al resto de municipios de régimen común. Desde hace años los partidos de la oposición en Jerez están pretendido subvertir este ordenamiento y tratar de elevar al pleno iniciativas para las que no están facultados". "Volvemos a recordarles que el pleno municipal no tiene competencias ejecutivas, y deberían interiorizar que no pueden intentar gobernar desde el pleno, porque ya hay una alcaldesa y un gobierno municipal que tienen atribuidas estas funciones a través de la Junta de Gobierno local", han asegurado.

En la misma línea, han hecho hincapié en que "el episodio de hoy es una nueva muestra de este despropósito puesto que la reunión celebrada ni siquiera era una junta de portavoces, ya que ni siquiera se había convocado a la presidenta, y en cualquier caso, habría que hablar de una simple reunión de portavoces”.

Que exista una mayoría no implica que se puedan tomar decisiones que contravengan la Ley. Y es evidente que los partidos de la oposición pretenden que nos saltemos la norma. En la junta de portavoces lo que hace es calificar y ordenar según el reglamento, y es lógico que se rechace el intento de llevar al pleno decisiones sobre materias que son competencia de la junta de gobierno local”, explican desde el gobierno local.

El pleno, en su función normativa, puede aprobar el presupuesto, la cuenta general, planes de urbanismo, ordenanzas, etc., y desarrolla la función de control al gobierno, a través de preguntas, ruegos, interpelaciones, mociones de censura, cuestiones de confianza y declaraciones institucionales y comparecencias. Una amplia variedad de vías para ejercer la oposición, pero siempre con los límites que establece la Ley. Por ello,por mucho que intenten todos los grupos de la oposición, que voten o decidan mayoritariamente, no es posible que prospere una decisión vaya en contra de la norma, no es válido el resultado de esa votación, porque el Estado de Derecho está por encima de la voluntad de cualquier mayoría”, concluyen desde el gobierno municipal de Jerez.

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