El TSJA confirma la pena de siete años de cárcel por lesiones tras agredir con un palo en Jerez

La víctima sufrió traumatismo craneoencefálico y fracturas en la cara durante una reunión familiar

Rechaza el recurso que presentó el condenado contra la sentencia de la Audiencia Provincial

El TSJA confirma una condena por intento de homicidio en Jerez

Sede del TSJA en Granada.
Sede del TSJA en Granada.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de siete años de prisión por un delito de lesiones a un hombre que en 2019 agredió a otra persona golpeándole violentamente con una vara y provocándole importantes heridas en la cara. El fallo, que ratifica el pronunciamiento que realizó la sección jerezana (octava) de la Audiencia Provincial, no es firme y puede ser recurrido ante el Supremo.

Los hechos analizados se remontan a febrero de 2019 en el polígono de San Benito de Jerez. Durante una celebración familiar, tal y como apunta el fallo de la Audiencia, la víctima se acercó a una joven para pedirle dinero para comprar tabaco. Ante esto, un hombre presente en la reunión, que es familiar de la mujer, pero no del que le pidió una moneda, le empezó a increpar por lo que ambos iniciaron un forcejeo que no fue a mayores.

Tras esto, la víctima se marchó a comprar tabaco, pero, a su regreso, le esperaba el condenado, cuyo nombre es Fernando A. A. y es hijo del hombre con el que previamente había mantenido la discusión, quien empezó a golpearle con un palo. Según relata la sentencia, la víctima sufrió traumatismo craneoencefálico e importantes fracturas tanto en distintas zonas de la cara. La agresión le provocó que, incluso, perdiera agudeza visual.

En la vista oral celebrada en la Audiencia, se sentaron en el banquillo tanto el acusado como su padre. Sin embargo, solo fue condenado el hijo por un delito de lesiones imponiéndole una pena de siete años de prisión y prohibición de acercarse a la víctima en una distancia no inferior a 100 metros. Además, imponía una indemnización de 65.606,58 euros. El padre, mientras tanto, fue absuelto del delito de lesiones.

Tras el fallo de la sección octava de la Audiencia, la defensa del condenado presentó un recurso de apelación ante el TSJA cuyo pronunciamiento se ha conocido ahora, aunque la deliberación del tribunal se fijó para finales de septiembre. Ahora bien, esta se realizó finalmente con posterioridad debido a la “acumulación de asuntos anteriores o más urgentes” que tenía la Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal andaluz.

En esta nueva sentencia, fechada el pasado día 11, el TSJA rechaza los argumentos esgrimidos por la defensa y confirma el pronunciamiento de la Audiencia en su totalidad. Así, señala que, aunque la condena estuviera sustentada en la declaración de la víctima —apunta que es “la principal prueba de cargo y la única directa”—, esta cumple con los “criterios jurisprudenciales” necesarios para ser tenida en cuenta. Por lo tanto considera que la valoración realizada por el tribunal de primera instancia “resulta razonable y convincente para fundamentar la conclusión de culpabilidad".

La defensa, en su recurso, cuestionó los pormenores del fallo incidiendo, además, que no se había tenido en cuenta la declaración de dos testigos que exculpaban al condenado de las agresiones. Sin embargo, el tribunal reitera que ambas declaraciones carecen de “credibilidad” ya que, por un lado, reconocieron que no estaban presentes en el momento de la agresión y que son familiares del acusado en el procedimiento.

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