Ratifican un año y medio de cárcel por vender una papelina de 'rebujito' en la calle Nueva de Jerez

El TSJA da la razón a la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz.

El envoltorio de 0,082 gramos contenía un 25% de cocaína y un 14% de heroína.

Calcinados dos vehículos en el incendio de una gasolinera en el Polígono de El Portal en Jerez

Exterior de la sede del TSJA en Granada.
Exterior de la sede del TSJA en Granada.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a un año y medio de prisión a un hombre que fue sorprendido vendiendo a un tercero una papelina de heroína y cocaína, conocido como 'rebujito', en plena calle Nueva en Jerez de la Frontera.

Según la sentencias, los hechos ocurrieron en mayo de 2022, cuando el acusado fue visto por agentes de la Policía Local en la calle Nueva entregando a una persona una papelina a cambio de dinero.

Tras un seguimiento a esa persona, los agentes le intervinieron el envoltorio que había comprado, que contenía heroína y cocaína, con un peso de 0,082 gramos, un 25,2% de cocaína y 14,6% de heroína.

Cuatro envoltorios y 59 euros en efectivo

Instantes después los agentes interceptaron al acusado y tras cachearlo se comprobó que portaba cuatro envoltorios de combinado de heroína y cocaína, así como 59,54 euros que eran fruto de su actividad ilícita. Las cuatro papelinas tenían un peso global de 0,368 grs, con un 32,7% de cocaína y 13,8% de heroína.

Tras ser condenado por la Audiencia Provincial de Cádiz a un año y medio de prisión por un delito contra la salud pública, en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, presentó un recurso ante el TSJA alegando error material en la relación de hechos probados y vulneración del derecho a la presunción de inocencia porque, según se aduce, la condena se basa sólo en la declaración de los agentes policiales intervinientes "sin una concreción de la hora del hecho causante", habiendo negado el supuesto comprador de la sustancia tener relación alguna con el acusado.

Por su parte, el TSJA ha desestimado el recurso al considerar que es evidente que el acusado había vendido la dosis de revuelto de heroína y cocaína que el comprador llevaba consigo, "no siendo óbice para ello que éste negase en el juicio recordar habérsela comprado".

stats