El seguro para perros será obligatorio a partir del 29 de septiembre

Animales

La propietaria de un perro de paseo con su mascota.
La propietaria de un perro de paseo con su mascota.
R. D.

27 de julio 2023 - 18:43

Uno de cada cuatro hogares tiene perro en casa, práctica que se ha extendido en los últimos tres años en España, donde se ha producido un aumento de la tenencia de estas mascotas del 38%, hasta superar ya los 9 millones de perros registrados.

A partir del próximo 29 de septiembre, todos ellos deberán contar con un seguro animal según recoge la ley 7/2023, de 28 de marzo sobre la protección de los derechos y el bienestar de los animales. Además, los propietarios de estos animales tendrán que hacer un curso de formación, aunque gratuito, para su tenencia.

Mascotas y perros de caza deberán contar con "un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados".

Este seguro de responsabilidad civil ya es obligatorio en varias comunidades cuya legislación autonómica ya lo regula, como Madrid, País Vasco o La Rioja. Para el resto, habrá que tenerlo contratado en el momento en el que entre en vigor la ley, previsto para el próximo 29 de septiembre.

Desde el ministerio señalan que "la mayoría de las personas con mascota tiene asociados estos seguros a los seguros de responsabilidad civil que tienen para sus casas, aunque no siempre es así".

Un seguro de este tipo oscila entre los 15 y 20 euros según el ministerio, "salvo que los perros sean de raza potencialmente peligrosos, que pueden ser más altos". La normativa anterior ya obligaba a los animales de este tipo a tener una cobertura mínima de 120.000 euros.

Multas de hasta 10.000 euros

A partir del próximo 29 de septiembre en caso de que no se cuente con un seguro, las autoridades podrán imponer multas por no cumplir con la ley. Los propietarios que no cumplan con esta obligación se enfrentarán a sanciones leves, a menos que el desarrollo reglamentario establezca lo contrario. Las multas leves van desde un apercibimiento hasta un pago económico que puede alcanzar como máximo los 10.000 euros.

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