De viejas, monjas y cofrades
En 1540 un grupo de beatas realizó una petición al monasterio de San Francisco "que por quanto nuestro deseo e yntençion e voluntad sienpre a sido y es de nos Retraer e Recoger en abito de Religiosas en algund Retraymiento para mejor poder servir a dios nuestro señor e para lo conseguir y efetuar este nuestro deseo e proposito e para que si fuese nuestra voluntad pudiesemos ser e permanesçer adelante monjas suplicamos al muy Reverendo padre fray pedro mexia provinçial de la horden e Relijion de nuestro señor san francisco en esta probinçia fuese servido de dar horden corte e medio como nosotras alcançemos este nuestro deseo", añadiendo "que al presente no somos monjas ny lo pretendemos ny lo tenemos ny nos Recogemos de presente por tales monjas fasta tanto que nos venga liçençia e facultad para ello y nos sea conçedida salbo que solamente nos Recogemos e Retraemos como Religiosas no subjetas ny obligadas a ley orden ny contituçion de monjas y que debaxo deste titulo abito e Renonbre de mugeres Religiosas entramos y estamos en esta casa de Recogimiento en que agora moramos"(1). La citada casa, propiedad de una de las beatas apodada La Palomina, estaba en las inmediaciones de la iglesia de San Miguel, entre las calles Santa Clara y San Antón, casi en la misma ubicación que a comienzos del XVII se fundó el convento de San José. Los franciscanos aceptaron la dirección espiritual de las beatas hasta su constitución como monasterio de clarisas, algo que ya era una realidad en 1543.
El 29 de marzo de ese año los patrones del Hospital de San Pedro, una suerte de asilo de ancianas que había fundado en la calle Caballeros en 1513 Isabel García de Astorga, llegaron a un acuerdo con el novísimo monasterio de Santa Clara de manera que "vos las dicha abadesa e monjas del dicho monesterio de santa clara tenyendo liçençia para ello de nuestro muy santo padre y del dicho vuestro provinçial que para ello vos a dado e conçedido de vos pasar e trasmudar a la dicha casa ospital de señor san pedro para que en el esteys e Resydays e sea monasterio de la dicha vuestra horden a la adbocaçion de señor san pedro cuyo ditado e nonbre tiene para que ally esteys e Residays e lo adobeys e Repareys a vuestra costa e lo enfyrmeys e acreçenteys en lugar e por las mugeres pobres mendigantes que la dicha fundadora mando que en el estuvyesen e Resydiesen por que conforme a su yntinçion e voluntad vos las dichas abadesa e monjas soys las pobres mugeres mendigantes que asi se dize e declara segun vuestra Regla e orden". Esta pirueta legal, que hacía pasar a una comunidad religiosa por mujeres desamparadas, era conveniente para ambas partes.
El lugar donde se ubicaba el primer monasterio estaba a las afueras de la ciudad y, lo peor de todo, junto a la Mancebía. Por su parte, los patronos del hospital alegaban que "despues que la dicha ysabel destorga fallesçio en el (en referencia al inmueble) an estado y se an alvergado algunas mugeres pobres y estan y Residen en el pocos dias e tienpos e la dicha casa y ospital cada dia viene a menos e no ay personas que en el Rueguen a dios nuestro señor por el anima de la dicha testadora". De aquí se deduce que las rentas del hospital eran exiguas. Con todo, el la validación del contrato quedaba sujeta a "que vos la dicha abadesa e monjas que soys o fuerdes del dicho monesterio a costa del dicho monesterio ganeys e traygays la dicha liçençia e autoridad e breve de su santidad para ello"(2). No se sabe si fue el retraso en la llegada del breve apostólico, o la ausencia en el verano de 1543 de Diego Martín de Astorga, patrón del hospital, lo que hizo a su sobrino y sucesor, Pedro García de Astorga, cambiar de parecer.
Así, el 2 de octubre de 1543 el nuevo patrón explicaba que "por que algunas personas movidas con buena yntençion devoçion y caridad an instituydo y fecho de nuevo en esta çibdad la cofradia de la santa vera cruz y de presente estan de prestado en el monesterio de san christobal de esta çibdad donde esta otra hermandad y por no tener la dicha cofradia lugar propio donde estar y Residir suplicaron los hermanos de ella al magnifico e muy Reverendo señor provisor de sevilla que con mi voluntad como tal patron del dicho ospital les diese licencia para que la dicha cofradia y ermanos della este y resida en el dicho ospital y permanezca en el teniendolo por aposento perpetuo guardandose en todo la voluntad de la fundadora(3)". Por tanto, permitió que la nueva cofradia (4) se estableciese en el edificio del Hospital de San Pedro, ya que estando en él "la casa del dicho hospital sera benefiçiada por manera que syenpre vaya a mas e las mugeres pobres nesesytadas que en el se acogieren seran mas bien tratadas e curadas e benefiçiadas por los dichos hermanos asy en salud como teniendo enfermedad". En cuanto a la cesión efectuada unos meses antes a las clarisas, Pedro García de Astorga declaraba que "las monjas de santa clara desta çibdad an tenido voluntad de se pasar del monesterio donde al presente estan al dicho hospital de señor san pedro y esto no es de mi consentimyento ny lo e querydo ny lo quyero consentir por ser como es contra la voluntad de la dicha ysabel garcia destorga fundadora del dicho ospital y lo entiendo contradezir e seguyr la cabsa por todas ynstançias que la dicha cofradia y ermanos della que son y fueren me ayuden y favorescan e paguen todas las costas que en la prosecucion de la cabsa se hizieren hasta la definyçion della"(5). Queda clara la estrategia del patrón, que no era otra que enfrentar a los cofrades con las monjas en la lucha por un inmueble para residir.
La reacción de las monjas no se hizo esperar, y dos días más tarde de la firma del contrato con la Vera Cruz, el espartero Bartolomé Sánchez, como síndico procurador del monasterio de San Francisco, tomó posesión del edificio en virtud del convenio que habían suscrito las clarisas con el anterior patrón. Por si fuera poco, a los diez días las mujeres que residían en el Hospital de San Pedro apoderaron a "juan de santa cruz procurador de cabsas en la audiençia Real de granada e a pedro garçia destorga", que recordemos que era el patrón del hospital, para que ellos pudiesen "querellar e querellen criminalmente e acusar e acusen a todas e quales quier personas que nos an ynjuriado e fecho qual quyer fuerça e violençia contra nuestras personas y en quales quyer bienes de que ayamos tenydo e tengamos posesyon"(6), en clara referencia al inmueble que ocupaban.
La rocambolesca situación no se solucionó hasta finales del mes de abril de 1544. Entonces se firmó una escritura de concordia, en esta ocasión entre las monjas clarisas, la cofradía de la Vera Cruz y las mujeres residentes en el Hospital de San Pedro. Por ella, las monjas renunciaban al inmueble del hospital para evitar "pleitos y debates y diferençias e costas e gastos e ynconvenientes de que dios nuestro señor fuera muy deservido e nuestras consçençias e vuestras Resçibirian detrimento y era causa de escandalo e dar mal exenplo a nuestra Relixion". Si bien aclaran que lo hacían "aun tanbien por que vos los dichos patron y cofrades ovistes por bien vista nuestra yntençion y voluntad de nos faser graçia y limosna de treynta myll maravedis que nos aveys dado y days para nuestra sustentaçion y alimentos e aumentaçion y creçimiento lavores y Reparos deste nuestro dicho monesterio y convento y casa del"(7).
Así pues, las monjas renunciaron de manera definitiva a instalarse en el Hospital de San Pedro. A fines de 1545 se produjo la reducción al monasterio de Madre de Dios. La reducción era una realidad a comienzos de diciembre de 1545, pues entonces las monjas del monasterio de Madre de Dios apoderaron a Alonso Pérez de Arriaza, como síndico del convento, para que diese a tributo "unas casas e ofiçinas e lo que les pertenesçe que nos por el dicho monesterio e convento tenemos que fueron monasterio de las monjas nuevas de santa clara que nuevamente se avia fundado en esta çibdad que agora estan e Resyden en este dicho nuestro monesterio e convento por mandado de nuestro padre provinçial e para les provea de su alimento e sustentaçion"(8).
NOTAS
1. ARCHIVO DE PROTOCOLOS NOTARIALES DE JEREZ DE LA FRONTERA (APNJF). Oficio X. Rodrigo de Rus. Fol. 1107 y ss. 16 de octubre.
2. APNJF. 1543. Oficio VII. Luis de Llanos Fol. 283 y ss. 29 de marzo.
3. APNJF. 1543. Oficio VIII. Gómez Patiño. Fol. 740 y ss. 2 de octubre.
4. La cofradía se había fundado en 1542. Para más información, véase REPETTO BETES, José Luis: La Vera Cruz de Jerez. Jerez. Fundación Santa María. 1984. pp. 19 y ss.
5. La cofradía se había fundado en 1542. Para más información, véase REPETTO BETES, José Luis: La Vera Cruz de Jerez. Jerez. Fundación Santa María. 1984. pp. 19 y ss.
6. APNJF. 1543. Oficio X. Bartolomé Gil de Palencia. Fol. 1011 vto. 15 de octubre.
7. APNJF. 1544. Oficio VIII. Gómez Patiño. Fol. 297 y ss. 29 de abril.
8. APNJF. 1545. Oficio V. Rodrigo de Rus. Foliación perdida. 11 de diciembre.
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