Tarjetas revolving: el producto financiero tóxico cuyas consecuencias desconocen quienes las contratan
Los estándares de este tipo de tarjetas se encuentran entre el 20 y el 30 % anual, un tipo de interés mucho más alto que el de un préstamo personal
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Cerca del 75 % de las personas que tienen una tarjeta revolving en el bolsillo no lo sabe. Así de clara es la afirmación que hace Iñigo Serrano, socio fundador de Sello Legal Abogados, despacho especializado en la defensa de los derechos de los consumidores, a la hora de hablar de este producto financiero que reporta millones de euros a las entidades que lo comercializan y graves consecuencias económicas a personas y familias que las contratan.
El problema es que, quienes un día se hacen con una de ellas, no saben que la tienen porque desconocen sus características, lo que implica tenerlas y utilizarlas. “Son ́lobos con piel de cordero", advierte Serrano. Tarjetas en apariencia normales, pero que están ligadas a un crédito revolving cuyas condiciones son absolutamente oscuras, abusivas y, en muchas condiciones, usurarias. El sistema de amortización no se explica adecuadamente y supone que, pese al pago puntual de la mensualidad, la deuda que mantiene el cliente no solo no disminuye, sino que, en ocasiones, aumenta”.
Desventajas ocultadas conscientemente
Otro de los problemas que plantea este abogado especialista en la reclamación de las tarjetas revolving es lo accesibles que son; lo fácil que es meterse una al bolsillo y con ello caer en su trampa. “Están extendidas por supermercados, grandes superficies, gasolineras, tiendas de electrodomésticos… También en los bancos más conocidos. Y la forma de comercializarlas es engañosa. Se pregonan las ventajas, como un pago mensual mínimo, todas las facilidades, etc., y se ocultan o no se informa de las desventajas, como los elevados intereses, el sistema de amortización revolvinq –que es muy complejo–, las comisiones abusivas, las primas de seguro…”.
En muchas ocasiones, además, cuenta Serrano, se comercializa como un “extra”. Y se explica: “Pongamos que una persona financia una compra -por ejemplo, un televisor durante un periodo determinado, a un tipo de interés determinado. Hasta aquí, todo correcto. El problema llega cuando junto con la financiación comentada, se remite al cliente una tarjeta por correo ordinario, cuyo uso supone la activación del crédito revolving, que cuenta con unas características que no fueron explicadas al cliente, ya que solo se explicó la financiación del televisor que ponía como ejemplo”.
Sistema de amortización revolving, un absoluto desconocido
Luego es cuando llega el peligro, la dificultad de saldar la deuda atendiendo a sus elevados intereses y al sistema de amortización revolving, que es un absoluto desconocido para la mayoría de la población, según cuenta este jurista. “Tenemos muchos clientes que llevan pagando la tarjeta más de 20 años y todavía siguen haciéndolo. Luego resulta que cuando se reclama y la sentencia declara la nulidad del contrato, se demuestra que el cliente había devuelto con creces el importe prestado y había pagado cifras exageradas en concepto de intereses, comisiones y primas de seguro, que con el fallo a su favor recuperaría”.
Y es que las revolving aplican unos intereses que, o rozan la usura, o directamente lo son. Intereses que multiplican desorbitadamente los más elevados de otros productos financieros. “Los estándares de este tipo de tarjetas se encuentran entre el 20 y el 30 % anual; un tipo de interés mucho más alto que el de un préstamo personal, que puede rondar el 10 o 12 %”, cuenta Serrano.
El gancho del bajo interés… pero mensual
Sin embargo, cuando se contratan, el cebo es precisamente que se paga un interés bajísimo, en torno al 2 %, y que se pueden elegir las cuotas, cuando no es verdad. Una trampa “visual”, como la califica este letrado. “Te indican un 2 %, pero es mensual; lo que supone que, al multiplicarlo por doce, alcanzaría el 24 %. En el conocimiento general de la población, los tipos de interés se representan anualmente”, explica.
“La elección de las cuotas es otra trampa”, continúa. “Inicias con cuotas muy bajas, de 18 euros al mes, por ejemplo; que todo el mundo puede asumir, y así captan a muchas víctimas. El problema es que, transcurrido un breve periodo de tiempo, estas cifras empiezan a crecer dependiendo del límite de crédito, que también se aumenta unilateralmente a cuotas de 30, 50, 75, 120…, pudiendo llegar a cantidades cercanas a los 400 o 500 euros al mes”, advierte.
Así, quienes las contratan acaban acumulando deudas e intereses. A su despacho llegan al año más de mil personas afectadas por las tarjetas revolving, y que atraviesan todo tipo de situaciones; desde clientes que saldan la deuda y recuperan cantidades pequeñas, hasta personas que llevaban pagando 20 años la tarjeta, sin saltarse una mensualidad y, además de saldar la deuda que se suponía que tenían, recuperan cantidades superiores a 60.000 euros.
De 300 euros mensuales, 280 eran intereses
Serrano, que trabaja con clientes de toda España, recuerda el caso de un cliente de Sevilla. “Tenía una tarjeta Wizink contratada en el año 2000, originariamente con Barclays, y había saldado la supuesta deuda que tenía unos meses antes de conocernos. Nos preguntó si, pese a estar cancelada la tarjeta, podría reclamar las cantidades que había pagado. Confirmada la viabilidad, acabó recuperando más de 40.000 euros. Y es que claro, el cliente pagaba mensualidades de 300 euros, de las cuales 280 eran intereses”.
También ha conocido personas que han vivido situaciones extremas. “La gente es honrada y, si piensa que tiene una deuda, hace lo que sea por pagarla. Lo que pasa es que muchas veces, para pagar una deuda que le ahoga, solicita otras financiaciones en condiciones también leoninas, lo que en lugar de solucionar el problema, lo agrava. Conocemos gente que ha dejado de pagar la hipoteca para pagar estas deudas, ya que son las que más acosan para reclamar el pago, y finalmente han vivido un verdadero drama al haber perdido su casa por un desahucio”.
Reclamar sin anticipar un solo euro
Por todo ello, este abogado especialista en la reclamación de estos productos financieros insiste en su recomendación de reclamar. Sobre todo, porque la mayor parte de los casos se ganan: el porcentaje de éxito de su despacho está en el 97 %. Además, las condiciones para hacer la reclamación son ventajosas. “Nosotros, como trabajamos a éxito, el cliente no tiene que anticipar un solo euro. Lo que cobramos es un porcentaje –el 20 %– del dinero recuperado una vez saldada la deuda; es decir, sobre el importe que realmente gane el cliente. Y, a diferencia de otros despachos, si tan solo le da para rebajar la deuda pendiente, no le cobramos nada”.
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