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Jerez

La Justicia anula 8 nombramientos de altos cargos del Ayuntamiento

  • El juez considera que se han vulnerado los derechos fundamentales de tres funcionarios

El pasado 26 de febrero, la junta de gobierno local acordó veintiún puestos en el Ayuntamiento por el sistema de libre designación. Casi nueve meses después, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Jerez ha anulado ocho de esos nombramientos al considerar "que se han vulnerado" los derechos fundamentales -consagrados en los artículos 23.2 y 103 de la Constitución- de tres funcionarios del Ayuntamiento que optaron a esos puestos.

Los afectados presentaron en mayo las demandas atendiendo a la protección de los derechos fundamentales contra el procedimiento de libre designación para el nombramiento de los directores de servicio, nivel más alto de la estructura municipal, por considerar que "vulneraban" el derecho fundamental al haberse realizado "sin cumplir" con el principio constitucional de igualdad de trato y de objetividad.

En la sentencia (cada uno de los funcionarios que ha denunciado lo ha hecho a título personal) se recoge que la recurrente dijo presentar la solicitud "en tiempo y forma para dos de los puestos convocados, no resultando elegida, designada o adscrita para ninguno, resultando elegidos finalmente dos contratados laborales".

En la resolución se apunta así que tanto en la Reforma de la Función Pública como en la Ley 6/85 de Andalucía se establecen que con "carácter general ha de imponerse que el personal de la función pública quede sujeto al sistema funcionarial". Asimismo, el juez de lo Contencioso explica en el documento que "el término de comparación sobre el que articular un eventual juicio de igualdad (STC 107/2003) evidencia la vulneración del derecho fundamental de la recurrente. Y ello por cuanto se abrió un proceso de provisión de puestos de trabajo en el que no era posible la igualdad entre los concurrentes, desde el momento en el que, falto de apoyo normativo expreso, se permitió la concurrencia de personal laboral, que tiene un régimen jurídico sustancialmente distinto del de los funcionarios".

Los tres demandantes no sólo alertaron de la lesión de estos derechos, sino que reclamaron que se declarara "ilegal" la Relación de Puestos de Trabajo. En este aspecto, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo ha desestimado la cuestión de ilegalidad, anulando sólo los nombramientos de puestos cubiertos por personal laboral a los que optaron los funcionarios con objeto de proteger la carrera administrativa de estos.

De los 21 nombramientos realizados de libre designación cabe recordar que siete fueron asignados desde un principio a funcionarios, tres a laborales fijos y once a laborales indefinidos, según informaron desde la ATMJ. De esta forma, los ocho que anula el Juzgado se concentran en estos dos últimos grupos.

Desde la ATMJ remarcaron ayer que estas sentencias "demuestran la nefasta gestión de personal llevada a cabo por el gobierno municipal, que ya tuvo una sentencia, la del ERE, que lo calificaba de absoluta arbitrariedad, y ahora ésta de lesión de derechos fundamentales". Desde el colectivo de funcionarios del Ayuntamiento festejaron la resolución judicial porque "ahora el Ayuntamiento tiene que cambiar el rumbo de la política de personal. Esto demuestra que se estaba cometiendo un abuso".

La reacción del PSOE tampoco se hizo esperar al considerar que "una vez más la Justicia ha desautorizado a la señora Pelayo por no respetar y aplicar la legalidad en las decisiones que está adoptando a lo largo de esta legislatura". Desde el grupo municipal socialista consideraron "oportuno que ante un gobierno que actúa de forma arbitraria, se asuman responsabilidades".

Cabe recordar que ya desde la Junta de Andalucía se requirió la nulidad de once de estos nombramientos. El delegado del gobierno andaluz en la provincia, Fernando López Gil, dijo ya en octubre que "ellos -por el Ayuntamiento- insisten en la legalidad de estos nombramientos, pero no se sostiene". El Ayuntamiento le respondió en aquel momento que las designaciones que la Junta solicitaba anular eran "provisionales", como el resto de actuaciones en materia de personal, en plena "transición laboral". Tras la última resolución del tribunal, queda ahora por conocer de qué forma actuará el Ayuntamiento, cuando, por el momento, esta batalla judicial la ha perdido, quedándole aún derecho a interponer recurso de apelación.

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