Provincia de Cádiz

Fiscalía pide archivar la denuncia contra el alcalde de Los Barrios

  • La ex interventora lo llevó ante los tribunales por supuesta prevaricación al nombrar a personal sin habilitación nacional para diversos cargos

La Fiscalía de Área de Algeciras ha propuesto al Juzgado de Instrucción número 1 de la ciudad que archive la denuncia por prevaricación que la exinterventora del Ayuntamiento de Los Barrios María Isabel Sánchez Vázquez interpuso contra el alcalde, Jorge Romero, por el nombramiento de personal municipal para cubrir las funciones de la secretaría, intervención y tesorería sin que los trabajadores designados tuvieran habilitación nacional.

En un escrito al que ha tenido acceso Europa Sur, la Fiscalía plantea al juez que lleva las diligencias previas del caso que dicte el sobreseimiento provisional de la causa por entender que no ha quedado acreditada la comisión de un delito penal.

La exinterventora denunció a Jorge Romero por un supuesto delito de prevaricación al entender que el alcalde "dictaba decretos de forma sistemática, reiterada, dolosa, injusta, ilícita, intencionada y reincidente, mediante los cuales nombraba a funcionarios del Ayuntamiento de Los Barrios para desempeñar los puestos de trabajo reservados a secretario, interventor y tesorero, sin estar en posesión de la habilitación con carácter estatal". La denuncia sostenía que los decretos de nombramiento, que se aprobaron entre los años 2012 y 2015, vulneraban el procedimiento establecido en dos puntos: el primero en cuanto a la necesidad de incluir en la Relación de Puestos de Trabajo los reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal y, por otro lado, la obligatoriedad de solicitar un informe previo a la Comunidad Autónoma.

Romero compareció ante el juez por este caso en calidad de investigado -la actual denominación para los imputados- en febrero de 2016. Entonces defendió que su equipo de gobierno convocó concurso voluntario y ordinario, en 2013 y 2014, pero que ninguno de los habilitados nacionales optó por las plazas barreñas. Y que los nombramientos accidentales se efectuaron por necesidades del servicio, para evitar una parálisis administrativa en la entidad municipal.

El Ministerio Público, tras analizar todas las diligencias practicadas hasta el momento, estima que no ha quedado suficientemente acreditada la comisión del delito denunciado que justifique continuar con un procedimiento penal. "Si bien no podemos obviar que se han producido actos contrarios a la legalidad vigente, en los mismos no ha concurrido el elemento subjetivo que la jurisprudencia requiere para integrar el delito de prevaricación", apunta la Fiscalía.

Con ello se refiere a que, efectivamente, en varios de estos nombramientos no se pidió informe a la Junta de Andalucía, si bien la fiscal resalta que el investigado carecía de formación jurídica específica que permitan establecer la existencia de una prevaricación (decisión injusta o contraria a la norma a sabiendas de ello).

"Analizando el caso concreto, ha quedado acreditado que el alcalde fomentó la cobertura de dichos puestos por habilitados nacionales. Pero que los mismos quedaban vacantes y que por ese motivo se recurría al nombramiento del personal accidental. Las personas nombradas eran las que ya lo habían sido anteriormente, con carácter previo a la toma de posesión del investigado como alcalde del Ayuntamiento de Los Barrios, y se realizaba dicho nombramiento por el procedimiento que se había seguido siempre", expone el informe.

La fiscal excusa la ausencia de informes previos en varios de los nombramientos en la falta de formación jurídica específica del alcalde y en que no fue hasta 2014 cuando la secretaría advirtió de ello. A partir de ese momento sí hubo informes previos, según se desprende del escrito judicial, para nombramientos que tuvieron lugar en diciembre de 2014 y marzo de 2015. "El investigado reconoce en su declaración la inexistencia del informe previo en el dictado de los decretos de nombramiento, pero esta circunstancia se justificaba en el desconocimiento de dicha obligatoriedad, como así lo corrobora la testigo Isabel Calvente en su declaración", apunta la Fiscalía, que incide en que no ha quedado acreditado que el alcalde lo hiciera de forma irregular a sabiendas. El escrito de la Fiscalía también subraya que la exinterventora no acudió a la sede judicial para ratificar su denuncia. Y que a la vista de que no se considera acreditada la prevaricación, el asunto "en todo caso" sería una cuestión para los tribunales de lo contencioso-administrativo.

Ahora, a la vista de este informe, emitido el pasado 26 de octubre, el juez titular del número 1 debe decidir si accede al sobreseimiento provisional como plantea el Ministerio Público.

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