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Jerez

Huelga de Ryanair: vuelos cancelados y derechos de los pasajeros

Pasajeros de un vuelo de Ryanair en el Aeropuerto de Jerez.

Pasajeros de un vuelo de Ryanair en el Aeropuerto de Jerez. / Pascual

La plantilla de tripulantes de cabina de Ryanair ha convocado seis jornadas de huelga, cada una de un día completo, planeadas para los días 24, 25, 26 y 30 de junio y los dos primeros días del mes de julio. De no desconvocarse, esta huelga afectará a los vuelos que la compañía irlandesa mantiene programados desde el Aeropuerto de Jerez, que van desde las conexiones diarias con Barcelona a los vuelos a Palma de Mallorca para las jornadas de lunes, miércoles y viernes y las salidas hacia Londres.

Este periodo de huelga ha sido organizado por los sindicatos USO y Sitcpla, que oficializaron la planificación de estas jornadas el pasado lunes, buscando conseguir un reinicio de negociaciones con los mandatarios de la aerolínea por parte de estos trabajadores, que buscan un primer convenio laboral colectivo.

Ahora bien, además de los detalles anunciados por estos trabajadores y organizaciones sindicales, muchos clientes se encuentran preocupados de cara a las fechas previamente mencionadas a causa de viajes con esta aerolínea planeados para las mismas.

Sin embargo, asociaciones de consumidores como FACUA han compartido que para estos supuestos las aerolíneas están obligadas a ofrecer compensaciones por cancelación de vuelos. Estas compensaciones funcionan de la siguiente manera:

  • En vuelos de hasta 1.500 kilómetros, la compensación es de 250 euros.
  • En vuelos de entre 1.500 kilómetros y 3.500 kilómetros (o intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros), la compensación es de 400 euros.
  • Para todos los demás que no entren en estos intervalos, la compensación es de 600 euros.

Estas compensaciones pueden reducirse a la mitad si el pasajero recibe la oferta por parte de la aerolínea de un vuelo con hora de llegada diferente al original. Estos son los parámetros con respecto a esta diferencia de hora de llegada:

  • Esta reducción se aplica si la diferencia no es superior a dos horas en vuelos de 1.500 kilómetros o menos.
  • Para vuelos de entre 1.500 y 3.500 (o intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros) se aplica esta reducción si dicha diferencia no es superior a tres horas.
  • En el resto de vuelos fuera de estos intervalos, se aplica la diferencia no es superior a cuatro horas.

También se ha informado de que Ryanair no puede negarse a ofrecer la compensación exigida por las circunstancias extraordinarias que suponen una huelga. Ahora bien, los pasajeros podrán no recibir compensación en estos supuestos:

  • Si la cancelación del vuelo ha sido anunciada con al menos dos semanas de antelación y se ofrece un transporte alternativo con no más de dos horas de antelación respecto a la hora de salida original y menos de cuatro horas de retraso en la hora de llegada.
  • Si se informa de la cancelación con menos de siete días de antelación pero se ofrece un vuelo alternativo con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida original y menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada.

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