La Audiencia de Madrid ratifica que el Ayuntamiento no deberá indemnizar a la Seguridad Social

La administración central le reclamaba 260.000 euros por la paralización de las obras de su nuevo edificio en la avenida de La Universidad

La construcción estuvo paralizada varios meses al aparecer en el subsuelo unas canalizaciones de telefonía

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La Seguridad Social ultima la construcción de su nueva sede en la avenida de la Universidad.
La Seguridad Social ultima la construcción de su nueva sede en la avenida de la Universidad. / Manuel Aranda

La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado que el Ayuntamiento de Jerez no tiene que indemnizar a la Tesorería General de la Seguridad Social por la paralización que sufrieron las obras de construcción de su nueva sede en la ciudad por la aparición de unas conducciones de telefonía. Este tribunal ha rechazado el recurso presentado por la administración estatal contra la sentencia de un juzgado madrileño que ya le dio la razón al Consistorio jerezano en octubre del año pasado. El fallo, que aún no es firme, puede ser recurrido en casación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.

Actualmente, la Seguridad Social está finalizando la construcción en la avenida de la Universidad de un nuevo edificio que concentrará tanto la oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ubicada en la calle Eguilaz, como la de la Tesorería de la Seguridad Social, en la calle Ancha. A principios de año se anunció que el edificio podría estar listo este verano.

Las obras comenzaron en junio de 2018 en una parcela de 2.473 metros cuadrados que en 2004 le había traspasado el Ayuntamiento. Pero, al realizarse el vaciado de la parcela para acometer los sótanos del inmueble, se halló una canalización enterrada compuesta por 12 tubos de fibra óptica y de cobre perteneciente a la compañía Telefónica. Esto provocó que las obras estuvieran paralizadas durante varios meses mientras se acometieron unos trabajos para el desvío de estas comunicaciones de las que este organismo aseguraba que no había constancia documental ni gráfica.

Tras esto, en 2019 la administración central reclamó una indemnización de unos 260.000 euros por la suspensión de la obra, por el coste del desvío de la canalización y por reclamación patrimonial.

Sin embargo, ya el pasado año el Juzgado de Primera Instancia número 19 de Madrid consideró que el Ayuntamiento no debía indemnizar a la Seguridad Social pues esta administración sabía de la existencia de esta conducción desde, al menos, 2016. Para ello, aludía a que estos tubos aparecían reflejados en un plano de conducciones telefónicas elaborado por la suministradora. Por lo tanto, consideraba que ya había transcurrido el plazo legal de reclamación puesto que habían pasado unos tres años desde la interposición de la demanda (el plazo, según el Código Civil, era de un año).

En su recurso, la Seguridad Social volvió a cuestionar la validez del documento presentado por el Ayuntamiento que acreditó de que la administración estatal tenía constancia de la existencia de esta canalización. Así, incidió en que este no era un plano sino un “esquema” que, a su juicio, no podía “servir de base” para considerar que la Tesorería General de la Seguridad Social supiera de esta conducción.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid insiste en el argumento señalado por el Juzgado de Primera Instancia que no es otro de que el organismo estatal tenía constancia de la conducción, al menos, desde 2016. De hecho, apunta que el plano formaba parte de la documentación que remitió al Ayuntamiento para la solicitud de la licencia de obras, aunque el tribunal reconozca que este no contuviera “datos exactos de su localización o profundidad”. Por ello, rechaza el recurso señalando que transcurrió más de un año desde que tuvo constancia de la canalización y del límite para pedir una indemnización económica por ello.

En la sentencia, que data de finales de marzo, aunque su contenido ha trascendido ahora, la Tesorería también ha sido condenada en costas por la sección décima de la Audiencia Provincial de Madrid.

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