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Manolo Romero Bejarano

Apuntes sobre la antigua cárcel de Jerez

UNO de los inmuebles imprescindibles en una ciudad de la envergadura del Jerez bajomedieval era la cárcel pública. Pese a que la administración de justicia prefería el castigo físico al encarcelamiento, había muchos casos en que se ordenaba la reclusión de los procesados. La Cárcel Real durante el XV también funcionaba como Audiencia y tenía adosada la cuadra en la que dejaban sus caballos los regidores de la ciudad, pues estaba en la actual plaza de la Asunción, en el solar que hoy ocupa la casa de los Condes de Casares y junto a las Casas Capitulares.

Las primeras noticias que tenemos de la Cárcel se remontan a 1468, cuando el Ayuntamiento ordena a los alcaldes mayores "traygan en el almoneda publica la obra de la carçel" con el fin de efectuar el remate. El documento no aporta más información, por lo que no sabemos si se trata de la construcción de la cárcel ex novo o de alguna reparación. Desde luego, si se trataba de un edificio nuevo la construcción tuvo que presentar serios defectos, pues en 1480 Gómez de Gomara, alguacil mayor, comunicaba al Cabildo "que la carçel de esta çibdad esta muy mal Reparada asy de prysyones (entendemos que rejas y otras medidas de seguridad) como de Reparo de obra de tal manera que los presos no pueden estar a buen Recabdo". Ante el peligro inminente de la fuga de los presos, el Ayuntamiento ordenó reparar todos los desperfectos.

Un testimonio de 1490 nos representa la desastrosa situación que se debía vivir en la Cárcel Real por aquellas fechas. El cinco de abril de este año el alcalde mayor comunicaba al pleno "que la carçel de la çibdad era y es muy angosta y segund las cosas que en ella ocurren asy en las adbiençias de ella como de muchos presos que a ella se llevan al tiempo que la justiçia e diputados de cuadra entran e van a ella a las abdiençias e los cavalleros e otras personas que en ella entran a seguyr sus negoçios todos los que asy entran e los presos omes e mugeres que en la dicha carçel estan presos todos estan juntos e no ay en la dicha carçel e quadra cosa desocupada para se apartar el jues e diputados solamente con los librantes a jusgar e estar en sus abdiençias salvo todos juntos lo qual es grande ynpedimento e enpacho e aun cosa fea".

Para solucionar este problema, proponía comprar un corral que estaba a las espaldas de la Cárcel e incorporarlo al inmueble "e de esta manera avyendo el dicho corral puede estar apartado el poyo de las abdiençias de los presos e sera cosa fonrrosa e convenyente". El Ayuntamiento acordó comprar el corral, ordenando que se pagase "de las penas e calunyas de la carçel".

Así llegamos a marzo de 1515, cuando se proyectó una nueva reforma en la Cárcel. La obra estaba en almoneda y la persona que más baja había hecho por ella era Francisco Rodríguez 'El Viejo', quien por entonces ocupaba el cargo de juez alarife. Sin embargo, los capitulares pensaban "que francisco Rodrigues es onbre mayor e hera menester persona mas lyberal para fazer la obra", por lo que se ordenó sacar de nuevo los trabajos a subasta. No parece que se hiciese nada por el momento, pues en agosto del mismo año el corregidor, aduciendo que la cárcel "es muy vieja e se gastaran muchos dineros en Reparalla" propone trasladarla a un inmueble de la actual calle Letrados colindante con las Casas Capitulares, considerando esto una ventaja, pues "se puede abrir una Rexa que salga a este cabildo para que quando los presos quysieren que les oyan o dezir algo a la çibdad que lo puedan fazer". El proyecto fue descartado y, de hecho la Cárcel Real se mantuvo en su ubicación originaria hasta el siglo XIX, aunque la Audiencia se trasladó a mediados del XVI a la Casa de Corregidores, hoy Colegio Miguel de Cervantes en la plaza Monti.

NOTAS

1. ARCHIVO MUNICIPAL DE JEREZ DE LA FRONTERA (AMJF). Actas Capitulares. 1468. Fol. 68. 19 de abril.

2. A.M.J.F. Actas Capitulares. 1480. Fol. 7. 7 de junio.

3. A.M.J.F. Actas Capitulares. 1490. Fol. 169 y ss. 5 de abril. Citado por GUTIÉRREZ, Bartolomé: Historia del estado presente y antiguo, de la Mui Noble y Mui Leal Ciudad de Xerez de la Frontera, Tomo II, libro III, p. 247. El alcalde mayor (cuyo nombre no se incluye en el documento) era el encargado en esos momentos de la administración de la justicia en la ciudad, y "se apresto de ayudar por vya de penas aplycandolas para la conpra del dicho coRal de personas que cometieren algunos delitos".

4. A.M.J.F. Actas Capitulares. 1515. Fol. 145 vto. 8 de marzo.

5. A.M.J.F. Actas Capitulares. 1515. Fol. 375 vto. 17 de agosto.

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