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Elecciones Municipales

El Juzgado investigará si Saldaña cometió delito electoral por unos mensajes en 'Facebook'

Fotografía que publicó Antonio Saldaña el día de reflexión en su perfil de Facebook

Fotografía que publicó Antonio Saldaña el día de reflexión en su perfil de Facebook

La Junta Electoral Provincial ha acordado remitir a los Juzgados de Instrucción de Jerez la petición de que investigue si el dirigente del PP Antonio Saldaña pudo incurrir en un delito electoral por una serie de mensajes que publicó en su perfil de redes sociales en la jornada de reflexión y en el día de votación de las pasadas elecciones municipales.

Estos hechos fueron denunciados por el PSOE y, en un principio, fueron archivados por la Junta Electoral de Zona de Jerez; sin embargo, ahora han sido aceptados por la Junta Electoral Provincial tras el recurso presentado por los socialistas. Eso sí, el fallo no cuenta con la unanimidad de los tres integrantes de este órgano (un juez y dos vocales no magistrados) ya que el presidente de este órgano, el magistrado Antonio Marín Fernández, ha emitido un voto particular disidente.El fallo fue dado a conocer por el PSOE en un comunicado donde se obvia este detalle

La Junta Electoral Provincial entiende que el edil popular incumplió la Ley Electoral al considerar que hizo campaña el día de reflexión y de la votación cuando publicó en redes que había participado en una carrera solidaria donde llevaba una camiseta con el lema de su campaña y al mostrar una fotografía con su madre señalando que ella tenía claro el voto. 

Este órgano estima que estas publicaciones pueden considerarse como propaganda electoral de ahí que sostenga que, al haberlos hecho el día de reflexión y en la de votación, haya podido incurrir en una infracción penal. En este sentido recuerda que "está terminantemente prohibida la campaña electoral de todo tipo" en estas jornadas.

Las publicaciones que serán analizadas son, por un lado, la publicación en la red social Facebook de una serie de fotografías donde Saldaña aparecía con una camiseta que llevaba el lema 'Jerez Cappital' (uno de los emblemas de su campaña) durante una carrera solidaria.

Ya al día siguiente publicaba otros dos comentarios. En uno de ellos mostraba una fotografía junto a su madre donde aparecía escrito: "Si no sabes a quien votar pregúntale a ella que lo tiene clarísimo". Más tarde hacía otro comentario complementando a unas fotografías donde se podía leer: "Los populares de la zona rural, los mejores". 

El voto particular: "Evitar un agravio comparativo con el PSOE"

Ahora bien, el pronunciamiento de la Junta Electoral Provincial no es unánime pues cuenta con un voto particular del presidente de este órgano. Este magistrado recuerda que la Junta Electoral de Zona archivó esta denuncia al entender que no se había infringido la normativa electoral, aunque la decisión fue recurrida por los socialistas. 

Este juez sostiene que estas publicaciones no pueden catalogarse “objetivamente” de “campaña electoral”. Es más, advierte de que no puede calificarse como tal a "cualquier actividad" que hagan los candidatos en esos días "críticos".

Para ratificar esta afirmación, incide en un mensaje publicado por la alcaldesa, Mamen Sánchez, en la jornada electoral donde señalaba: "Hoy las jerezanos deciden si quieren seguir avanzando, teniendo mejores servicios públicos, más igualdad y derechos sociales. Nos jugamos mucho [...]".

Por ello, el magistrado va más allá y no duda en censurar el pronunciamiento de los otros dos integrantes de la Junta Electoral que ha aceptado el recurso señalando que podría estar sustentado en evitar un "agravio comparativo" con el PSOE por una denuncia contra José Antonio Díaz que también ha sido admitida y que será analizada por los juzgados jerezanos. 

A principios de mes, la Junta Electoral de Zona decidió que se trasladara también al Juzgado una denuncia del PP contra el edil por unos mensajes publicados en Facebook el día de reflexión ya que este órgano determinó que también debían ser catalogados como "propaganda electoral". 

Sobre este asunto, el voto particular señala: "Lo que parece subyacer en el acuerdo mayoritario [de la Junta Electoral Provincial] es evitar el supuesto agravio comparativo  que se habría producido con el reciente acuerdo adoptado por esta Junta Electoral Provincial [el pronunciamiento respecto a José Antonio Díaz]". 

Por ello hace una advertencia: "Razones tales como la provocación de agravios (políticos) comparativos entre las diferentes candidaturas deberían quedar siempre al margen de las decisiones de una junta electoral, sometidas como es obvio al principio de legalidad evitando por tanto criterios de oportunidad que pueden conducir a casos de abierta desviación de poder". 

El precedente de José Antonio Díaz

El pasado día 7, la Junta Electoral Provincial acordaba por unanimidad remitir al Juzgado la denuncia presentada por el PP contra unos mensajes realizados por José Antonio Díaz en la jornada de reflexión. La decisión ratificaba otra en la misma línea que días antes había realizado la Junta Electoral de Zona.

Fueron varias las publicaciones del edil donde vendía varias actuaciones realizadas por el ejecutivo. "El gobierno socialista de Mamen Sánchez sigue actuando a través del Área de Infraestructura, con las obras de reformas de acerados en al avenida Cruz Roja", apuntaba. Horas más tarde publicaba: "Mañana se decide todo. Dar un paso atrás o seguir creciendo hacia adelante como en estos cuatro últimos años...". 

Tanto en el caso de Saldaña como en el de Díaz, los hechos denunciados pueden conllevar penas de tres meses a un año de prisión por la realización de actos de propaganda una vez finalizado el plazo de la campaña electoral, según viene establecido en la normativa electoral.

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