Un banco deberá devolver a una familia 16.000 euros que anticipó para una casa
El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Jerez ha condenado a un banco a devolver a una familia los 16.000 euros que depositó hace más de diez años en la cuenta de un promotor como anticipo para la compra de una vivienda que nunca les fue entregada.
La sentencia recuerda que en el año 2005 la familia de Jerez depositó esta cantidad como anticipo de una vivienda en construcción que iba a estar ubicada en la calle Avila de la ciudad, tras formalizar un contrato de compra con el promotor del inmueble.
Ahora la familia podrá recuperar estas cantidades ya que la sentencia ha decretado que banco en el que el promotor abrió la cuenta para recibir estos anticipos, no realizó los avales obligatorios. La entidad "no puede ser indiferente al curso de la promoción" y al cumplimiento por parte del promotor de sus obligaciones "ante los compradores que anticiparon cantidades".
La sentencia insiste en que el banco no hizo el "tratamiento especial requerido" por ley con respecto a la cuenta bancaria del promotor en la que se ingresaban los anticipos y que debía tener "destino exclusivo a la construcción de viviendas".
Por el contrario, señala la sentencia, "se evidencia" que "el saldo de la cuenta bancaria es destinado por el promotor a múltiples usos". El juzgado destaca también que el banco tenía "la imposición legal de un especial deber de vigilancia" sobre el promotor, ya que además le había concedido un préstamo para la construcción de la promoción de viviendas.
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