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Jerez

Marian C, el primer condenado a prisión permanente revisable en la provincia

Marian C., durante el juicio.

Marian C., durante el juicio. / Manuel Aranda

David Oubiel, José Enrique Abuín ‘El Chicle’ o Ana Julia Quezada son algunos de los condenados a prisión permanente revisable por la justicia desde que en 2015 se hizo una reforma del Código Penal para incorporar esta pena en el ordenamiento jurídico español. Desde entonces, más de una veintena de condenados han recibido la máxima pena de privación de libertad.

A esta lista se ha sumado ahora Marian C., que en septiembre de 2020 mató a su mujer a martillazos. Esta ha sido la primera vez que la Audiencia Provincial de Cádiz impone esta pena, aunque aún no es firme pues puede recurrirse ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Tras una reforma legal que entró en vigor el 1 de julio de 2015, se incluyó la pena de prisión permanente revisable. El Código Penal establece que el asesinato recibirá esta condena cuando la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona “especialmente vulnerable” por razón de su edad, enfermedad o discapacidad. También se impone si el asesinato conllevara, además, un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima. Asimismo, la establece para aquellos delitos que se hayan cometido por parte de un miembro de un grupo u organización criminal.

En el caso del asesinato producido en el barrio de San Mateo, la Audiencia ha dictaminado la imposición de la prisión permanente revisable dada la “grave discapacidad” que padecía la víctima. Esta había sufrido un ictus y, además, había sido operada de una dolencia cardíaca, lo que había provocado que tuviera dificultad para moverse, por lo que requería continuamente de una silla de ruedas.

Ahora bien, este no ha sido el primer juicio celebrado en la sección octava de la Audiencia Provincial, que tiene sede en Jerez, donde el tribunal ha tenido que dilucidar si condenaba o no a prisión permanente revisable. Hace dos años, juzgó el asesinato de un bebé por parte de su padre en Arcos. La Fiscalía pidió la mayor pena, pero el tribunal lo acabó condenando a 23 años de prisión ya que tuvo en cuenta la eximente incompleta de alteración psíquica.

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