La finca del derrumbe de la calle Zarza de Jerez se queda sin licencia de obra

Los propietarios no han presentado un nuevo proyecto acorde con la situación actual del inmueble

Si no actúan, podría acabar incluido en el registro de edificaciones ruinosas y salir a venta forzosa

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Inmueble de la calle Zarza.
Inmueble de la calle Zarza. / Vanesa Lobo

La finca de la calle Zarza que sufrió un derrumbe a finales del mes de marzo se ha quedado finalmente sin licencia de construcción. Este asunto era precisamente uno de los abordados en la junta de gobierno local de este lunes 30 de junio. La promotora había solicitado una licencia de rehabilitación integral del edificio para construir un edificio con diez viviendas, en la calle Zarza, 1, esquina con Ramón de Cala.

Sin embargo, en la junta de gobierno local se ha abordado el desistimiento de la petición de licencia de obra en dicha calle al no haberse atendido el requerimiento para subsanar deficiencias. En concreto, la empresa debería haber presentado un proyecto que se adecuara al estado actual que presenta este inmueble. Ante la falta de respuestas, no se le ha concedido la licencia al no contar con las correcciones solicitadas.

Ante esta nueva situación, si los promotores no toman próximamente cartas en el asunto podría llegarse, incluso, a la venta forzosa. Se trata del método que el Ayuntamiento de Jerez utiliza en el caso de fincas abandonadas o ruinosas cuyos propietarios no cumplen con sus deberes de mantenimiento.

Antecedentes

La empresa jerezana Pórtica Inversiones, propietaria de la finca en el momento del derrumbe, ya explicó en marzo que adquirieron el inmueble en abril de 2024 "y pedimos a Urbanismo actuar cuanto antes porque no había techo y había un riesgo serio de derrumbe, pudiendo provocar daños a personas o fincas colindantes". "No nos dicen nada, no nos responden. Nosotros decidimos empezar a reforzar y actuar en los techos, en los forjados, porque entendemos que al final, si pasaba algo, la responsabilidad iba a ser nuestra. Aun a riesgo de ser multados, que sabíamos que podía pasar, empezamos a arreglar los techos. De hecho la parte que arreglamos no se ha caído, está perfecta", argumentaron desde la promotora.

Por su parte, desde el Ayuntamiento de Jerez ya explicaron en aquel momento que “los propietarios solicitaron licencia en agosto, no pudiendo iniciarse el expediente administrativo hasta el 30 de septiembre, fecha en que aportaron los últimos documentos preceptivos para la licencia; una vez revisada, se detectan deficiencias y se les hizo un requerimiento de nueva documentación, tanto para la licencia como para la autorización patrimonial, habiendo presentado la última documentación complementaria el pasado viernes, 28 de marzo”, dos días antes del derrumbe. No obstante, hicieron hincapié en que, previamente a la solicitud de la citada licencia, a mediados de abril de 2024, Urbanismo dio la orden de paralización y precintado de una serie de obras que se habían comenzado a ejecutar en el inmueble, sin autorización alguna, y consistentes en el desmonte de la cubierta de tejas.

Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas

La falta de actuación en la finca puede provocar que pase a formar parte, más adelante, del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, (RMSER), "una herramienta prevista en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía para garantizar el efectivo cumplimiento por parte de los propietarios de solares y edificios de sus deberes urbanísticos de edificación, rehabilitación y conservación".

Se trata de un procedimiento "largo y complejo, pues incluye una serie de trámites previos para acreditar tanto el incumplimiento de los deberes urbanísticos de los propietarios, como su titularidad en los Registros de la Propiedad", tal como explican en la web municipal.

Una vez superado este trámite previo, se declara la inclusión de la finca en el RMSER así como su anotación en el Registro de la Propiedad, "otorgando un último plazo legal de un año para que los propietarios cumplan con sus deberes urbanísticos; en caso de persistir la situación, la finca se coloca en situación de ejecución por sustitución de los propietarios incumplidores, lo que habilita a la Administración para proceder a la expropiación o venta forzosa de la finca".

La venta forzosa consiste en "la tramitación de un procedimiento de licitación pública sobre la finca, debiendo el adjudicatario, además de abonar la cantidad ofertada en el concurso, dar cumplimiento a los deberes urbanísticos, quedando obligado a solicitar la preceptiva licencia municipal en un plazo de cuatro meses desde la adjudicación".

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