Un general para los jornaleros

Los trabajadores del campo se integran, a partir del próximo 1 de enero, en el Régimen General de la Seguridad Social, equiparando sus prestaciones con el resto de empleados por cuenta ajena

Un general para los jornaleros
Un general para los jornaleros

22 de diciembre 2011 - 01:00

Cambio de realidades, cambio en las circunstancias, cambios en el sistema. El campo español se encuentra afectado por la coyuntura económica mundial, las imposiciones de los mercados, el predominio de las grandes multinacionales, las políticas comunitarias, el incremento de los costes de producción y un etcétera que, inevitablemente, conducen a la palabra crisis.

Si a este contexto ya de por sí adverso se le suma un desajuste importante en la protección social de los trabajadores del medio rural, originado por la obsoleta regulación del Régimen Especial Agrario establecida en 1971, el panorama no es más que desolador.

Por ello, las fuerzas sociales del medio rural han reivindicado desde hace años una equiparación de los trabajadores agrarios con aquellos que prestan sus servicios en el resto de sectores económicos.

Además de igualar derechos, las medidas en torno al sistema se convierten en obligadas ante la progresiva despoblación del medio rural de las últimas décadas, que ha provocado, en muchas zonas, la falta de una mano de obra cualificada en el campo español, que promoviera el aumento de la productividad y el desarrollo de nuevas iniciativas.

Ya en 1995 se tomó nota de la situación de los trabajadores del campo y, el 6 de abril de ese año, el Pacto de Toledo abogó por la simplificación de los regímenes de la Seguridad Social, y por que se acordara con los agentes sociales la integración de los trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social, evitándose un incremento de costes de las explotaciones agropecuarias.

Será el próximo 1 de enero de 2012 cuando el nuevo sistema demandado entre en vigor, afectando a 820.000 trabajadores agrarios en el estado español. Se trata de una reforma que va a marcar un antes y un después para los trabajadores del medio rural, así como para los empresarios a los que prestan sus servicios.

Se dirá entonces adiós a la vieja regulación del Régimen Especial Agrario que producía importantes desajustes en la protección social de los trabajadores por cuenta ajena. Un ejemplo son las bajas bases de cotización y, en consecuencia, las reducidas prestaciones. Y es que la pensión de jubilación media de cualquier trabajador agrario es de 580,87 euros al mes, frente a los 1.130,33 euros mensuales del Régimen General. Todo ello, obviamente, era motivo de desincentivación del incremento de la productividad agraria y del arraigo de la mano de obra a la tierra.

Transición

La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos -COAG- de Cádiz siempre ha entendido las reivindicaciones de los trabajadores pero, al mismo tiempo, ha defendido que ese objetivo no supusiera un incremento de los costes de las explotaciones agrarias que, en los últimos cinco años, han perdido un 27 por ciento de rentabilidad.

Por el bien del sector y de su futuro, esta reivindicación de COAG ha sido tenida en cuenta a la hora de establecer la nueva regulación. El pasado 23 de septiembre se publicó en el BOE la Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a la integración de los trabajadores agrarios en el Régimen General a través de un sistema especial que equipara sus prestaciones a las del resto de trabajadores por cuenta ajena, pero establece un amplio periodo transitorio de adaptación y una serie de beneficios en materia de cotización a fin de lograr una contención de los costes de los agricultores.

Concretamente, las bases de cotización vendrán determinadas por los salarios reales, lo que no supone un gran incremento respecto a las bases actuales pues, desde el año 2004 hasta la actualidad, se han producido aumentos paulatinos en las bases legales de cotización, las cuales han pasado de los 24,96 euros, de base diaria vigente en 2004, a los 42,90 euros vigentes para 2011, lo que ha supuesto un incremento del 72 por ciento en siete años.

Además, el tipo de cotización por contingencias comunes a cargo del empresario se equiparará al del Régimen General a lo largo de un período transitorio de veinte años, durante el cual, partiendo del 15,95 por ciento en 2012, se alcanzará el 23,60 por ciento en 2031.

En este sentido, COAG ha peleado hasta conseguir que la Ley establezca una serie de reducciones que suponen que el tipo efectivo de cotización parta del 9,80 por ciento en 2012 y se sitúe en el 15,50 por ciento en el 2031.

Cada tres años se podrán actualizar las reducciones en la cotización mediante las futuras Leyes de Presupuestos Generales del Estado, en función de la evolución del índice de precios al consumo experimentado en tales períodos de tiempo.

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