Jerez

Urbanismo ultima una ordenanza para regular el registro de solares

  • Se pretende reforzar legalmente los procesos de expropiación y venta forzosa de solares

  • También tramita otra sobre el deber de conservación de inmuebles que sustituirá a la ITE

  • Se ampliará a 50 años la obligatoriedad de acreditar el buen estado de un edificio

Una finca abandonada en el barrio de San Miguel que ha sido expropiada y vendida por el Ayuntamiento.

Una finca abandonada en el barrio de San Miguel que ha sido expropiada y vendida por el Ayuntamiento. / Miguel Ángel González

La Delegación de Urbanismo del Ayuntamiento está inmersa en la elaboración de dos normativas con la que pretende agilizar los trámites con los que obligar a los propietarios de solares o de edificaciones ruinosas a tenerlas en buen estado de conservación.

Durante el mes de julio, ha estado abierto un proceso de consulta pública para realizar aportaciones a dos nuevas normativas municipales. La primera de ellas regulará el registro municipal de solares y la segunda velará por el cumplimiento de los deberes de conservación, declaración de ruina e informe de inspección de los edificios (está última sustituirá a la inspección técnica de edificios, una herramienta que está vigente desde 2009). Una vez cerrado el plazo de presentación de sugerencias, los técnicos del área urbanística municipal está procediendo a redactar el borrador de ordenanzas que en próximos meses se llevará al pleno municipal para su aprobación.

El delegado de Urbanismo, José Antonio Díaz, comentó que, tras “la puesta a punto y actualización” del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas, y una vez ejecutada cinco ventas forzosas de fincas en el centro de la ciudad, “hemos visto la necesidad de desarrollar unas ordenanzas propias que permita regular los procedimientos, no dar margen a la picaresca, especialmente de los fondos de inversión y bancos, y flexibilizar las posibles acciones de órdenes de ejecución para poder actuar de emergencia”. “Lo que buscamos, en definitiva, es combatir con más agilidad y flexibilidad contra las fincas abandonadas y ruinosas”, añadió el edil.

El registro municipal de solares es un instrumento recogido en la normativa urbanística andaluza que permite a las entidades locales a contar con herramientas que obliguen a los propietarios de solares o de fincas en estado ruinoso al deber de edificación y conservación, bajo riesgo de la expropiación. A día de hoy, según los datos publicados por el Ayuntamiento, hay 72 fincas inscritas de las que 43 están en proceso de inscripción en este registro, 21 ya han sido incluidas; tres han sido licitadas; dos están en proceso de expropiación y tres han sido adjudicadas (estas cinco últimas son las que se refiere el edil que ya cuentan con nuevos propietarios).

En cuanto a la futura ordenanza de registro de solares, se marca el objetivo de regular y ampliar los plazos de procedimientos para evitar que caduquen. También se pretende clarificar los supuestos en los que se podrá suspender la venta forzosa, entre ellos la petición de la correspondiente licencia, que deberá ir acompañada de un aval que garantice la ejecución de las obras. También se establecerán los criterios para determinar en qué casos se considera ruinosa una edificación y se abrirá la posibilidad de poder incluir en este registro aquellas edificaciones que se consideren “inadecuadas” por el uso que se le esté dando o por contener elementos “inapropiados” con el entorno.

Mientras tanto, con la futura ordenanza sobre el cumplimiento de los deberes de conservación, ruina e informe de inspección de los edificios, se tratará de regular los procedimientos administrativos para órdenes de ejecución e inclusión directa en el registro municipal de solares, así como para la declaración de ruina de un inmueble. Según apuntan desde Urbanismo, la nueva normativa también tratará de dar la máxima cobertura legal a las actuaciones que tenga que ejecutar la Delegación en caso de ruina física inminente sin esperar a la orden de Alcaldía, como hasta ahora (no obstante, este decreto deberá firmarse en las 48 horas posteriores).

Finalmente, el informe de evaluación de edificios sustituirá a la actual inspección técnica de edificios (ITE), este último un instrumento que la Delegación de Urbanismo no ha podido poner en marcha tras la crisis del sector de la construcción en 2008. De este modo, y en consonancia con la normativa nacional, se ampliará a 50 años la antigüedad de los edificios que deben obtener esta acreditación.

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