El Circuito

Estos son los motivos por los que te pueden multar si conduces con el abrigo puesto

Imagen de un agente de la Guardia Civil

Imagen de un agente de la Guardia Civil

En muchas zonas de España el invierno puede llegar a ser muy duro. Realizar viajes por turismo o para trabajar, o simplemente breves desplazamientos en el coche durante el invierno son situaciones complicadas. Con la calefacción podemos solventar este problema, pero la cuestión es el tiempo que se tarda en calentar el coche, de ahí que muchas personas se acaben poniendo un abrigo mientras conducen.

La DGT señala que esto es un caso en el que se puede dificultar la conducción y por tanto puede acarrear una multa. El motivo, llevar ropa de gran tamaño dificulta la movilidad al volante. Según la DGT, si llevamos abrigos de un gran tamaño, nos moveremos con una mayor lentitud y con más problemas para usar el volante y la caja de cambios. Este problema puede afectar incluso a la hora usar los pedales si lo que llevamos puesto son botas, pues se pueden tener dificultades para percibir qué pedales se están usando.

No solo chaquetones o botas dificultan la conducción, los guantes, o las bufandas también hay que desecharlas al conducir si pueden dificultar tu capacidad de conducción

No obstante, no debes alarmarte, puesto que no todos los abrigos pueden ocasionar este tipo de problema. Dependiendo de si un agente considera que esta prenda puede estorbar la conducción, puede multarte o no

A cuánto asciende la multa por conducir con abrigo 

Si tenemos en cuenta lo que hemos mencionado anteriormente, si conducimos con un abrigo que pueda estorbarnos, la multa según la DGT oscila entre los 80 y 200 euros según se tenga en cuenta la importancia de la acción. Ya que en la mayoría de los caso se puede tratar de una infracción leve, la multa podría ser de la menor cantidad posible.

Esta es una medida que la DGT recuerda que está vigente y que se implementó para mejorar la seguridad y la circulación de los conductores españoles en época de invierno. 

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