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Tribunales Cádiz

Dos años y medio de cárcel por conducir ebrio y provocar un accidente mortal en Medina

  • La jueza ve probado que el conductor y cuatro amigos circulaban sin cinturón a una velocidad excesiva.

  • El coche dio una vuelta de campana y se estampó contra la cabeza de un camión. Uno de los ocupantes murió y otro resultó herido grave.

Estado en el que quedó el coche siniestrado.

Estado en el que quedó el coche siniestrado. / CPBC

Noche del 24 de junio de 2016. Varios amigos celebran en la discoteca Iris de Medina una fiesta de graduación tras haber finalizado sus estudios de Secundaria en el instituto. Sobre las dos de la madruga, cinco jóvenes de entre 18 y 20 años se montan en el coche de uno de ellos sin abrocharse el cinturón de seguridad y tras haber consumido alcohol. El dueño del vehículo conduce a una velocidad excesiva cuando, en un momento determinado, frena bruscamente y pierde el control. El coche da un giro de más de 180 grados y se estampa contra la cabeza tractora de un camión. Uno de los ocupantes muere y otro queda gravemente herido. El conductor sobrevive.

Estos son los hechos que han quedado probados en una reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 5 de Cádiz, que condena al conductor a dos años y siete meses de prisión como autor responsable de un delito contra la seguridad vial por circular de forma temeraria y un delito de homicidio por imprudencia grave en concurso con un delito de lesiones.

La resolución judicial, que no es firme y puede ser recurrida, expone que la madrugada del 24 de junio de 2016 A. se encontraba en la discoteca Iris de Medina Sidonia, donde se estaba celebrando una fiesta de graduación de alumnos de los institutos de enseñanza Secundaria de la localidad. 

A la una de la madrugada, A. salió de la discoteca con tres amigas. Todos se montaron en el coche del joven, un Seat Ibiza, y durante el trayecto una de las chicas grabó un vídeo en el que se escuchaban gritos y expresiones tales como "nos matamos", "has conducido de puta madre" o "volando por la ventana". Dicho vídeo lo colgaron en la aplicación Snapchat

Según recoge la sentencia, los jóvenes regresaron a la discoteca si bien, una hora más tarde, A. volvió a coger su coche junto a cuatro amigos "pese a haber consumido bebidas alcohólicas, lo que afectó a su capacidad para la conducción y disminuyó sus facultades de control, percepción, atención y reacción". Asimismo, precisa la resolución judicial, ninguno de los ocupantes se abrochó el cinturón de seguridad.  

A., que tenía "poca experiencia" con el coche pues había obtenido el permiso de circulación hacía solo ocho meses, conducía por la zona del polígono industrial Prado de la Feria cuando "frenó bruscamente" al llegar a la calle Europa. En esa vía, indica la sentencia, el límite es de 50 kilómetros por hora. Sin embargo, A. circulaba a una velocidad comprendida entre "los 74,19 y los 105 kilómetros por hora". 

"Al tener sus reflejos mermados por el consumo previo de alcohol y conducir a una velocidad excesiva, perdió el control. El coche derrapó, giró sobre sí mismo más de 180 grados e invadió la zona de estacionamiento, de manera que la parte trasera del vehículo colisionó contra el vértice delantero derecho de la cabeza tractora de un camión que estaba allí aparcado". 

Uno de los ocupantes resultó herido grave. Hoy tiene reconocida una discapacidad

Como consecuencia de la colisión, uno de los jóvenes sufrió un shock hipovolémico posthemorrágico y falleció. Otro de los chavales, el que ocupaba el asiento central trasero, resultó gravemente herido. Tuvo que someterse a cuatro intervenciones quirúrgicas: el mismo 24 de junio fue operado del fémur izquierdo para un enclavado endomedular cerrojado; el 2 de julio de 2016 fue intervenido del tobillo con placa en el peroné y tornillos; el 6 de julio se sometió a una reducción de fractura de mandíbula; y el 27 de marzo de 2017 le fue extraído material de osteosíntesis del tobillo. 

El joven tardó en curar 327 días, de los cuales cinco fueron de pérdida temporal de calidad de vida muy grave y 14, de pérdida temporal de calidad de vida grave. La Consejería de Igualdad y Políticas sociales le reconoció el 13 de abril de 2018 una discapacidad del 33%.

Los otros ocupantes implicados en el siniestro sufrieron lesiones menores y trastorno por estrés postraumático.

Por auto de 30 de junio de 2016, se autorizó el análisis de la muestra de sangre obtenida del cuerpo de A. por el personal facultativo del hospital Puerta del Mar de Cádiz que lo asistió, a fin de determinar la posible existencia de alcohol, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Analizada la sangre extraída al conductor a las 5:30 horas del 24 de junio de 2016, es decir, unas tres horas después del accidente, dio como resultado 0,49 gramos por litro de sangre, “lo que supone que en el momento del siniestro la concentración de alcohol se encontraba entre 0,87 y 1,1 gramos por litro de sangre”.

Además de la pena de prisión, la jueza ha condenado al conductor a indemnizar en 134.967,82 euros al joven con las lesiones más graves, una cantidad que la compañía aseguradora tiene que asumir como responsable civil directa. La magistrada ha decretado una indemnización un 20% menor a la solicitada por el damnificado por cuanto ha considerado que asumió un riesgo al subirse al coche y no utilizar el cinturón de seguridad. 

Asimismo, la magistrada ha prohibido al ahora condenado conducir vehículos a motor durante cuatro años, “lo que implica la pérdida de la vigencia de su permiso”. 

A la hora de dictar el fallo, la jueza titular del Juzgado de lo Penal 5 de Cádiz ha tenido en cuenta el retraso que ha sufrido la tramitación de la causa, razón por la que ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas

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