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Xerez DFC

El Comité fija el duelo suspendido en un día de jornada de Liga

  • Competición dicta que los 17 minutos del Ubrique-XDFC se deben jugar a puerta cerrada el próximo 20 de abril, día en el que por calendario los de Carlos Orúe tienen que jugar en Chiclana

Ya hay decisión sobre el Ubrique-Xerez Deportivo FC suspendido el pasado 23 de marzo por los incidentes entre parte de ambas aficiones aunque, de nuevo, esperpéntica por parte del Comité de Competición de la Gaditana de Fútbol. Y es que el Juez Único dictaminó ayer que los 17 minutos que le quedan al partido se deberán jugar a puerta cerrada, se supone que en las mismas instalaciones del Antonio Barbadillo de Ubrique (no se especifica en el acta de Competición), el próximo 20 de abril, Domingo de Resurrección, a las doce del mediodía... día en el que, según el calendario, se debe disputar la jornada número 31 en la Segunda Provincial. Los ubriqueños han adelantado su partido contra el Polideportivo El Puerto al Jueves Santo pero el Xerez Deportivo FC rinde visita ese mismo día al Chiclana.

Evidentemente se trata de un error de la Federación Gaditana en el que se ve afectado el club azulino. El director deportivo del Xerez DFC, Pedro Ruiz, no salía ayer de su asombro tras recibir el comunicado de la Gaditana: "Estoy muy sorprendido, no nos explicamos qué pasa. Ese día jugamos en Chiclana y evidentemente no podemos jugar dos partidos el mismo día aunque uno de ellos sea de 17 minutos".

El Comité de Competición también decide castigar económicamente a ambos clubes por los incidentes, aunque el Deportivo FC sale peor parado ya que debe pagar 100 euros por los 70 con los que es sancionado el club ubriqueño. La resolución del Comité de Competición de la Gaditana es la siguiente:

Al ser remitido por el árbitro a los clubes acta por correo e-mail o fax, donde se recoge una serie de incidentes que motivaron la suspensión del partido en el minuto 73 con el resultado de cero a uno (0-1), a favor del Xerez DFC, se dio plazo a los mismos por tres días al objeto de que realizaran las alegaciones que su derecho estimasen oportunas.

Una vez expirado el plazo concedido obrando en el expediente las alegaciones de los equipos, las cuales se limitan a dar una versión subjetiva de los hechos, sin desvirtuar el contenido del acta arbitral, el cual goza de presunción de veracidad, tal y como venimos reiterando por parte de este órgano como así mismo por parte del Comité de Apelación de la RFAF, se acuerda: Multar al UD UBRIQUE con 70 euros según Art. 33.1 y Art. 33.2 en relación con el Art. 68.1.c por incidentes de público. Multar al Xerez DFC con 100 euros según Art. 33.1 y Art. 33.2 en relación con el Art. 68.1.c por incidentes de público. Decretar la reanudación del partido el próximo domingo 20/04/14 a las 12:00 horas a puerta cerrada, desde el minuto 73, con el resultado que reflejaba el marcador de cero a uno (0-1) a favor del Xerez DFC, corriendo cada club con sus gastos y los del árbitro al 50%. Para la reanudación del partido se atenderá a lo establecido en el Art. 163 del Reglamento General de la RFAF.

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