Fiscalía solicita seis años de cárcel al notario de Jerez que falseó escrituras
Tribunales
Rompió una de ellas para que los herederos de un fallecido se libraran de pagar el Impuesto de Sucesiones. El ministerio público pide 8 años de inhabilitación para el ejercicio profesional.
La Fiscalía de Jerez, que dirige el fiscal jefe Francisco García Cantero, solicita seis años de cárcel para el notario jerezano G. G-M G. D.S. por la presunta comisión de los delitos de infidelidad en la custodia de documentos, así como por un presunto delito de falsedad en documento público cometida por la autoridad. Igualmente, se solicita contra él que se le imponga un total de 29 meses de multa a razón de 60 euros diarios por ambos delitos. La cuantía sería de 52.200 euros. A todo ello se le une una solicitud por parte del ministerio fiscal de ocho años de inhabilitación para el ejercicio de la profesión de notario (cuatro años por cada uno de los dos delitos anteriormente reseñados). El caso radica, expresado en pocas palabras, en la manipulación de una escritura pública la cual fue detectada por inspectores tributarios.
El caso ha sido instruido por el Juzgado de Instrucción número 1 de Jerez, que recientemente ha dado traslado del mismo a la Audiencia Provincial del referido escrito de acusación, de cara a que los magistrados de la sala que preside Lourdes Marín decreten la apertura de juicio oral.
Los hechos acontecieron de la siguiente manera, según sostiene la Fiscalía de Jerez. Tras el fallecimiento de J. L. G en febrero de 2012 su viuda, su hija y su hijo acudieron en abril a la notaría del acusado donde se firmó en presencia de éste y se otorgó una escritura pública que quedó incorporada al protocolo del acusado con el número 528.
"La escritura, cuyo contenido exacto se ignora, documentaba las manifestaciones de voluntad de los comparecientes relativas a la liquidación de la sociedad de gananciales habida entre el difundo y su viuda", apunta la acusación pública. En la misma, madre e hija aceptaban la herencia mientras que el hijo renunciaba a la misma. "El acusado informó a los otorgantes que las operaciones sucesorias formalizadas se encontraban exentas del pago del Impuesto de Sucesiones". Fue a finales de abril cuando la viuda acudió de nuevo a la notaría a pagar, recibiendo una factura por importe de 1.426,17 euros y se le entregó una factura por una renuncia pura y simple de derechos hereditarios.
Con la documentación, la señora acudió a la Unidad Tributaria de Jerez de la Agencia Tributaria con objeto de liquidar el Impuesto de Sucesiones, haciendo uso del servicio de ayuda al contribuyente para la confección de la autoliquidación.
Fue allí donde la atendió una funcionaria. A la vista de la copia de la escritura confeccionó los impresos correspondientes (modelos 660 y 650) y le dijo a la viuda que si bien ella estaba exenta de pago no era tal el caso de su hija, que debería abonar aproximadamente unos 21.000 euros por ser la única heredera y ante la renuncia de su hermano. La señora manifestó que no era eso justamente lo que le había dicho el notario y decidió no presentar la liquidación llevándose toda la documentación, apunta el ministerio público en su escrito.
Fue en los días sucesivos cuando madre e hija acudieron de nuevo a la notaría del acusado donde pidieron explicaciones. Allí realizaron averiguaciones ante la Unidad Tributaria tendentes a recibir información sobre las consecuencias fiscales de los actos jurídicos documentados en la escritura pública, "la posibilidad de algún mecanismo para salvarlas y específicamente sobre si en las dependencias había quedado alguna de las copias de la escritura", se apuntan desde dichas fuentes.
Fue en mayo de 2012 cuando la viuda acompañada de sus dos hijos acudieron nuevamente a la notaría, "ante los que el acusado rompió la escritura matriz y demás copias y formalizó nueva escritura en la que de manera mendaz hizo constar la fecha de 20 de abril de 2012 y número de protocolo 528 con la finalidad de sustituir a la destruida, pero en este caso documentaba las manifestaciones de voluntad de los comparecientes" que eran diferentes a las iniciales. Así, en esta ocasión, se liquidaban los gananciales y los tres, viuda, hija e hijo aceptaban la herencia. El notario acusado lo autorizó todo con su firma. "No consta -apunta el fiscal- que el acusado informara a viuda, hija e hijo de la ilicitud de su conducta". En la notaría se emitió una nueva factura por 1.598,87 euros de los que la madre tan sólo pagó la diferencia respecto a la anterior, es decir, 172,7 euros.
Fue el 14 de mayo siguiente cuando la señora acudió de nuevo a las dependencias de la Unidad Tributaria, siendo atendida por la misma funcionaria que, a la vista de la nueva escritura, confeccionó los impresos correspondientes al Impuesto de Sucesiones, resultando en este caso exenta de pago la liquidación para los tres herederos. Los hechos fueron detectados y se cursó la correspondiente denuncia que acabará con una vista oral en la Audiencia Provincial.
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