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Bodegas

Estévez lleva a los tribunales las ventas de vino de Jerez a granel por "fraude"

  • Anuncia acciones contra el Consejo Regulador y los acuerdos que autorizan el uso del Bag in Box y la modificación de los pliegos de condiciones de la Denominación de Origen

  • Denuncia la falta de transparencia y de trazabilidad, así como el riesgo para la salud de los consumidores de las decisiones adoptadas en el pleno del vino

Vino de Jerez a granel en un tabanco.

Vino de Jerez a granel en un tabanco.

El uso del Bag in Box en los vinos de Jerez vuelve a los tribunales, sólo que ahora lo hace por la autorización del Consejo Regulador a su empleo para el transporte de vinos amparados a establecimientos hosteleros de la provincia junto a otras decisiones de calado adoptadas en el seno de la institución jerezana que suponen un vuelco en el funcionamiento de las denominaciones de origen Jerez-Xéres-Sherry y Manzanilla de Sanlúcar.

Si en su anterior paso por dependencias judiciales, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desmontó los argumentos de los defensores del Bag in Box como formato para la comercialización de los jereces en la hostelería por motivos de imagen y prestigio, ahora la cuestión de fondo va más allá al plantear serias dudas sobre su trazabilidad y exposición al fraude, no ya del recipiente motivo de disputa en el pasado, sino de la venta de los vinos de Jerez a granel en general.

El asunto tiene su miga, según entiende Bodegas José Estévez, que se ha liado la manta a la cabeza para enfrentarse al sector ante lo que considera una “palmaria dejación de funciones” por parte del Consejo Regulador en su obligación de velar por la calidad y el prestigio de los productos amparados, con graves consecuencias además para la seguridad alimentaria y la protección de los consumidores.

Tras la inadmisión –que la familia Estévez daba por descontada– del recurso de alzada presentado ante la Consejería de Agricultura y dirigido contra los acuerdos adoptados en el pleno del Consejo de finales de julio, el grupo bodeguero confirma dos acciones legales inminentes, la primera de ellas dirigida contra el Consejo Regulador por la falta de transparencia de sus decisiones; la segunda, ante la Consejería de Salud, por falta de trazabilidad y de seguridad alimentaria.

Advierte que la venta de vino a granel "se presta al fraude" y alerta de sus riesgos para la seguridad alimentaria y la protección del consumidor

En el recurso, que se apoya en una profusa jurisprudencia y en abundante normativa en la materia, y cuyo contenido es la piedra angular en la que se basarán las acciones legales, Estévez esgrime que actúa en defensa del interés general, en este caso representado por la protección del consumidor final, tanto en su rechazo frontal al Bag in Box –cuya autorización, recuerda, contraviene la sentencia firme dictada por el TSJA contra su uso–, como en su oposición a los acuerdos para el cambio de los pliegos de condiciones de los vinos de Jerez y la Manzanilla –que contempla la equiparación de las zonas de crianza y producción de la DO y el establecimiento de un periodo transitorio de 10 años con la bonificación de cuotas para la prohibición de la crianza de vino Fino en Sanlúcar–.

El denunciante llega a cuestionar el respeto a los principios democráticos y la transparencia exigibles a una corporación de derecho público en las decisiones adoptadas, que se basan además en un acuerdo cocinado fuera del Consejo Regulador por las organizaciones sectoriales representadas en el mismo y con la “intencionada” exclusión del principal viticultor del Marco de Jerez y uno de los principales elaboradores y comercializadores como es Estévez, propietario de 800 de las 7.000 hectáreas de viñedo en producción. De hecho, Estévez denuncia que su solicitud previa de información no fue atendida por el Consejo Regulador, que se escudó en el desconocimiento de los pormenores del acuerdo sectorial pese a que su presidente reconoció expresamente haber intervenido “a título personal” en “el acercamiento entre los representantes de los distintos subsectores”.

“Las decisiones son especialmente graves por el tipo de producto, protegido por una DO, con graduación alcohólica y sujeto a un régimen especial fiscal”, indica Estévez en el recurso, en el que subraya que “si se permite el trasvase o embotellado fuera de las instalaciones autorizadas por las Administraciones competentes, no podrá garantizarse la trazabilidad y la seguridad de un producto que, además, carecerá de las pertinentes precintas fiscales, prestándose fácilmente al fraude”.

En otro momento del recurso, la firma bodeguera recuerda que en reiteradas ocasiones ha denunciado ante el Consejo Regulador usos indebidos en la hostelería de la venta a granel en garrafas con el consiguiente riesgo para los consumidores, toda vez que asegura que el producto –léase el vino de Jerez– “es objeto de manipulación en los establecimientos sin ningún tipo de control sanitario, trasvasándolo directamente de un recipiente a otro, ya sea del propio establecimiento o del consumidor final”.

Asegura que la propuesta aprobada en el pleno “da carta de naturaleza a la venta de vinos de garrafón”

Y en este sentido, prosigue, junto a los riesgos que implica el reenvasado y el almacenamiento en barriles, “la propuesta aprobada daría carta de naturaleza (...) a la venta de vinos de ‘garrafón’”, en un momento en el que, como consecuencia de la pandemia del Covid-19, las autoridades “insisten en el envasado –en las instalaciones autorizadas– como medio de protección higiénica”.

Al margen de la competencia desleal que también implica la delimitación geográfica y de los canales de distribución para el uso de estos envases autorizados –sólo para la hostelería local, por lo que quedan exentos supermercados y pequeños establecimientos, así como tabernas ubicadas, por ejemplo en Sevilla–, Estévez da por hecho que los formatos especiales acabarán rebasando el denominado canal Horeca para llegar a los consumidores finales por otras vías, al igual que apunta a los múltiples incumplimientos de la normativa de etiquetado, “campo abierto a la comisión de fraudes al consumo”.

“No podrá garantizarse su trazabilidad, como tampoco la seguridad de un producto que, además, carecerá de las pertinentes precintas fiscales, prestándose fácilmente al fraude”, señala Estévez en las conclusiones del recurso, no sin recordar que “los consejos reguladores deben velar por la calidad y el prestigio de los productos protegidos, garantizar la competencia leal y sancionar la picaresca y el fraude de aquellos empeñados en buscar resquicios en los canales de distribución y en la elusión de sus obligaciones fiscales”, siempre en aras de la protección del consumidor final.

Estos son, en resumidas cuentas, los motivos que el vocal de José Estévez expuso en su rechazo a las decisiones adoptadas por mayoría absoluta –19 votos a favor y uno en contra– en el pleno del vino de finales de julio y que motivaron la presentación del recurso de alzada, en el que la bodega solicitaba la suspensión de los acuerdos, por la que ahora peleará en otras instancias, “ante los perjuicios de imposible o muy difícil reparación sobre el prestigio de los vinos de Jerez”.

En la inadmisión del recurso de alzada, la propia Junta de Andalucía instaba a Estévez a acudir a los tribunales al entender que la aprobación del uso del Bag in Box escapa a su tutela de la DO tras la reprimenda expresada en la anterior sentencia del TSJA sobre el particular por su injerencia en un asunto competencia del Consejo. La Consejería de Agricultura eludía igualmente entrar en los acuerdos para la modificación de los pliegos de condiciones, sobre los que deberá pronunciarse una vez reciba la propuesta definitiva.

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