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El crimen de García-Figueras

El presunto homicida de las '102 viviendas' se enfrenta a 20 años de cárcel

  • La defensa pide la libre absolución al considerar que no estar probado que fuera el autor del apuñalamiento

Capturas de vídeo en las que se presume que se coloca el cuchillo en la mano de la víctima.

Capturas de vídeo en las que se presume que se coloca el cuchillo en la mano de la víctima. / D. J.

La Fiscalía y la acusación particular ejercida por la familia de Ángel Mesa Sánchez han solicitado que se castigue con 20 años de prisión a Cristóbal Ruiz Reyes por la muerte del primero en el que se dio a conocer como el ‘crimen de las 102 viviendas’. Consideran que su fallecimiento fue un asesinato. Por su parte la defensa considera que éste debe ser absuelto de toda culpa pues los hechos que las otras partes consideran no se produjeron de la referida manera.Para Fiscalía y acusación particular el acusado se encontraba el 27 de agosto de 2017, sobre las 12,00 horas, en la vivienda de la avenida Tomás García Figueras que compartía con sus padres. El acusado y su padre estaban allí, yendo el primero acompañado de varias personas, entre ellas la víctima. Venían de una noche de juerga en la que habían estado en diferentes bares consumiendo alcohol y drogas. Según el relato de las acusaciones todo empezó a complicarse cuando al llegar al domicilio de Cristóbal se inició una discusión entre éste y su padre motivada porque el primero quería que su padre se marchará “y los dejara tranquilos”. El padre, finalmente, se marchó de la vivienda. Fue entonces cuando la víctima recriminó al acusado el comportamiento que había tenido con su padre y esto provocó otra discusión, esta vez entre el acusado y Ángel, quien bajó por las escaleras al patio que hay a la entrada del edificio y siguió discutiendo a voces con Cristóbal, “que, antes de entrar en el ascensor para bajar, volvió a su domicilio y cogió un cuchillo de cocina de 20 centímetros de hoja, que ocultó entre sus ropas”. Una vez en el patio se empezaron a insultar y a darse golpes y puñetazos, intentando los acompañantes separarlos. El escrito de acusación apunta además que en un momento determinado “y cuando parecía que había acabado la pelea Cristóbal apuñaló a Ángel en el costado provocándole una herida”. La cuchillada le alcanzó el pulmón izquierdo y el corazón. La herida era mortal. Señala la acusación particular, ejercida por la letrada Inmaculada Gilabert, que “con posterioridad al apuñalamiento el acusado, antes de que se personaran en el lugar los funcionarios de Policía, puso el cuchillo en la mano derecha de Ángel para así desviar la línea de investigación”. A los 20 años de prisión la letrada solicita una indemnización de 150.000 euros para los padres del fallecido.Por su parte, el fiscal relata prácticamente los mismos hechos añadiendo que la pelea que comenzó en el piso siguió en el descansillo de la escalera así como que el acusado ocultó el cuchillo entre sus ropas. Igualmente añade que las causas exactas de la muerte tras el apuñalamiento fueron un shock hipovolémico (pérdida masiva de sangre) así como un hemotórax (presencia de sangre en la cavidad pleural). También comparte que tras la puñalada puso el cuchillo en la mano derecha de la víctima. La Fiscalía cifra en 70.000 euros la indemnización a pagar por el acusado a los padres del fallecido.

Una noche movida

Estas versiones no son compartidas por el abogado defensor, Manuel Hortas, quien considera libre de culpa a su defendido. Así, destaca en su escrito de defensa que “la narración de hechos que formulan el ministerio fiscal y la acusación particular no se ajusta a la realidad”. Según defenderá en el juicio, el cual aún no tiene fecha, en la noche del día 26 al 27 de agosto de 2017 el acusado estuvo al menos desde las 23,30 horas del día 26 en la plazoleta interior de los bloques. Allí coincidió con un vecino en dos ocasiones, y estuvo con él desde las 02,00 horas”. El acusado consumió esa noche cocaína, hachís, psicotrópicos (benzodiacepinas) y alcohol, consumo que mantuvo durante toda esa noche y hasta que se produjo la pelea. Tras cambiar de local coincidieron con el posteriormente fallecido “y otras dos personas no identificadas”. Allí siguió el consumo de cocaína. Fue en ese segundo local donde acusado y fallecido tuvieron un primer altercado que finalizó cuando intervino el personal del establecimiento.Salieron de allí en torno a las 12:00 horas del día 27 y se desplazaron a casa de Cristóbal en la avenida Tomás García Figueras donde en aquel momento se encontraba únicamente el padre de Cristóbal. Hijo y padre discutieron y éste se marchó de la vivienda. “Tras salir de la vivienda el padre de Cristóbal, Ángel inició un nuevo enfrentamiento con Cristóbal que éste trató de evitar insistiéndole en que le dejara en paz, sin conseguir que Ángel depusiera su actitud. Debido a lo tenso de esa situación Cristóbal decidió que todos abandonasen la vivienda, pese a lo cual Ángel continuó su enfrentamiento con Cristóbal incluso en el descansillo de la escalera mientras esperaban el ascensor, momento en el que Ángel amenazó a Cristóbal con pegarle en su barrio y se marchó por las escaleras”.Relata el abogado que Cristóbal, su vecino y las otras dos personas bajaron por el ascensor y que cuando llegaron al exterior del edificio, las personas no identificadas se marcharon y quedaron solos Cristóbal y el vecino con el que empezó la noche de juerga. “Vieron a Ángel esperando a Cristóbal en el patio del bloque. Cuando Ángel vio a Cristóbal se quitó la camiseta y los zapatos y dirigió a él y le propinó un empujón y un puñetazo comenzando una agresión sin justificación alguna de la que Cristóbal trató de defenderse”. Todo cesó cuando el vecino y otro residente en la zona intervinieron para separarles.“Finalizado el enfrentamiento Ángel había sufrido una herida en el costado causada con un cuchillo pese a que Cristóbal no portaba ninguno cuando se inició la pelea entre ellos”. Igualmente destaca que Cristóbal permaneció en el lugar, sin intentar la huida en ningún momento, hasta la llegada de los agentes de la Policía Nacional, que le detuvieron de forma inmediata.Para la defensa, el acusado sufre trastorno mental y del comportamiento debidos al uso de cocaína, cannabis y síndrome de dependencia a la cocaína; trastornos que se unen a un importante consumo de alcohol, cocaína y psicotrópicos mantenidos durante las horas anteriores a los hechos. Todo ello le privó de sus capacidades intelectivas y volitivas. “Además, en ese momento experimentó un intenso y profundo temor ante la agresión injustificada de la que había sido objeto, precedida de un altercado anterior”. De forma concluyente Manuel Hortas señala que los hechos narrados en los que interviene Cristóbal Ruiz “no constituyen delito”, que no es autor de delito alguno y que en su persona concurren eximentes tales como legítima defensa, miedo insuperable, intoxicación plena por consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes y psicotrópicos.

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