El tiempo en Jerez
Aviso amarillo por la borrasca Josep

La modificación del PGOU que regula las viviendas de uso turístico en Jerez ya se puede consultar en jerez.es

A partir de ahora, para destinar una vivienda a un fin turístico será necesario presentar en el Ayuntamiento una Declaración Responsable para viviendas de uso turístico con objeto de legalizar el cambio de uso

Nueva regulación para las viviendas turísticas en Jerez

Caja de seguridad de las llaves de un piso turístico.

La modificación del PGOU que contempla, como gran novedad, que el alojamiento en viviendas de uso turístico deba ser considerado como una actividad económica, y más concretamente a un uso de hospedaje, -puesto que se trata de viviendas no destinadas a su fin primordial, el de la residencia- se ha publicado en el Boletín oficial de la Provincia (BOP) del 22 de enero de 2026. Toda la información relacionada con este instrumento de planeamiento ya está disponible en la web del Ayuntamiento de Jerez, jerez.ees.

Como ha resaltado la delegada de Vivienda y Urbanismo, Belén de la Cuadra, lo más novedoso de esta regulación es que, a partir de ahora, “para la utilización de una vivienda de uso turístico será necesaria la legalización del cambio de uso a vivienda de uso turístico (hospedaje). En consecuencia, para destinar una vivienda al citado uso en Jerez, los interesados deberán presentar el modelo de Declaración Responsable para viviendas de uso turístico, que está disponible en la oficina de Registro de la Delegación de Urbanismo en Plaza del Arenal, en la web de Urbanismo y en la sede electrónica.

A través de la referida dirección electrónica, los interesados no sólo tendrán acceso al documento íntegro de la modificación puntual, sino que podrán disponer de toda la información que necesitan para tramitar los citados cambios de uso. Asimismo, cualquier consulta relacionada con la materia se ha habilitado un formulario específico. "Somos conscientes de que, sobre todo en estos primeros momentos, los ciudadanos van a precisar de más información y orientación sobre procedimientos, requisitos y documentación, por ello desde la Delegación de Urbanismo se va a realizar un especial esfuerzo para ofrecer las aclaraciones y ayudas de índole práctica que se requieran", ha señalado Belén de la Cuadra.

Cabe recordar que esta Modificación del PGOU, que va destinada a adecuar la normativa respecto al uso hospedaje conforme a la regulación en materia de turismo, fue aprobada de manera definitiva en el pleno del Ayuntamiento de noviembre de 2025.

Como ha explicado Belén de la Cuadra, tras su aprobación en el pleno, “hemos procedido a la publicación de este acuerdo en el BOP, una vez dictada la Resolución de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz, de 8 de enero de 2026, autorizando la inscripción y depósito del referido instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos”.

Principales contenidos de la nueva normativa

La presente modificación del PGOU establece cuáles son los requisitos técnicos y condiciones de orden urbanística que deben cumplir los inmuebles que, diseñados originalmente para lo residencial, comparten espacio con viviendas destinadas a un uso turístico. De este modo, las viviendas de uso turístico deberán cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos:

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último