El TSJA anula cautelarmente la ampliación de los festivos de apertura de grandes superficies comerciales en Jerez
Acepta la medida solicitada por las grandes firmas comerciales de suspender de manera temporal la actual ZGAT, aprobada en julio y que se limitaba al centro
Los grandes establecimientos pueden seguir abriendo los 16 festivos autorizados al año establecidos para toda la comunidad
La anterior ZGAT anulada por el TSJA acaba en el Tribunal Supremo
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha suspendido de manera cautelar la actual Zona de Gran Afluencia Turística a efectos de horarios comerciales (ZGAT) de Jerez. Ha admitido así la petición cautelar realizada por la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (Anged) que presentó un recurso frente a la resolución que aprobó la Junta de Andalucía a mediados del pasado verano en la que se estableció un nuevo régimen de aperturas de las grandes superficies, permitiendo que únicamente las del centro de la ciudad puedan abrir todos los domingos y festivos de los meses de mayo, junio, julio, agosto y septiembre y octubre —el resto de centros comerciales solo pueden hacerlo, por el momento, los 16 festivos al año que contempla la normativa andaluza—.
Esta suspensión cautelar estará vigente hasta que el alto tribunal andaluz se pronuncie sobre el fondo del recurso de Anged, que considera que la medida es restrictiva al limitarse únicamente al centro histórico. Por lo tanto, y vez sea firme, todo volverá a como estaba hasta antes del pasado 23 de julio, fecha en la que la Consejería de Empleo aprobó la resolución por la que establecía los nuevos días de apertura comercial autorizada donde se autorizaba que únicamente los grandes establecimientos del centro pudieran abrir todos los domingos y festivos de los meses con mayor afluencia de turistas a la ciudad. En cambio, solo permitía que el resto de centros comerciales pudiera abrir el domingo de Gran Premio de Motociclimo.
Tras la decisión adoptada por la Junta, Anged presentó un recurso contra la limitación temporal y espacial de las aperturas decidida por la Junta tras la propuesta presentada por el Ayuntamiento. En ella, solicitaba como medida cautelar, además, que esta no se aplicara al considerar que podría ocasionar un importante perjuicio a las firmas que quedaban fuera de la delimitación establecida por el organismo autonómico, que son la mayoría puestos que estas se encuentran en las zonas de expansión de la ciudad.
En el auto, al que este periódico ha tenido acceso, el TSJA razona que la aplicación de la decisión adoptada por la Junta puede ocasionar un perjuicio, de ahí que acepte la petición de medida cautelar. En este sentido señala que esta entidad "ha aportado un indicio claro y lógico que apunta a la irreparabilidad del perjuicio de que eventualmente pudiera darse", de ahí que considere necesario "mantener el statu quo actual, máxime cuando en la ponderación de intereses no se advierte que el eventual interés general a que pueda responder la actividad administrativa deba sobreponerse al interés particular representado por la recurrente".
"La actividad administrativa combatida [la resolución aprobada por la Junta] produce efectos no en un singular interesado, sino en una multiplicidad de ellos, efectos que pueden comenzar a producir perjuicios en cadena que, en caso de estimarse la demanda, serán muy difíciles de cuantificar y reclamar", añade el alto tribunal. No obstante, el auto de suspensión no es firme y la Junta de Andalucía tiene posibilidad de presentar un recurso de reposición en los próximos días.
Los días de apertura hasta final de año
De este modo y, al menos, hasta final de año, el auto no debería tener consecuencias prácticas. En primer lugar, esta decisión cautelar aún no es firme. Y en segundo lugar, las grandes superficies ya tienen establecidos los domingos de apertura autorizados, que serán el 30 de noviembre y los días 6,8, 14, 21 y 28 de diciembre, ya que son de aplicación para todos los municipios de Andalucía, tengan o no ZGAT.
Ahora está por ver la repercusión que tendrá a partir del año próximo teniendo en cuenta que Jerez, dada su población y cifras de afluencia turística, está obligada por ley a contar con una ZGAT y, al suspenderse cautelarmente la actual, sitúa a la ciudad en un 'vacío' dado que la anterior que se aprobó fue anulada por la Junta tras tumbarla el TSJA.
Se da la circunstancia añadida que, en paralelo al procedimiento que se está tramitando en el alto tribunal andaluz, el Tribunal Supremo tiene que resolver otro recurso presentado por la asociación de grandes firmas comerciales frente a la sentencia del TSJA que anuló la anterior zona de gran afluencia turística. En este caso, el alto tribunal ha admitido el recurso y está pendiente de resolverlo.
Por el momento, la Junta de Andalucía no se ha querido pronunciar sobre este provisionalmente la nueva ZGAT de Jerez al señalar que el auto no le ha sido notificado. Mientras, desde el Ayuntamiento de Jerez también se apuntó que aún no tenía constancia del pronunciamiento judicial y que, una vez lo tenga, se continuará trabajando en este asunto "de mano de la Junta". Fuentes municipales señalaron que el Ayuntamiento continúa defendiendo la propuesta de ZGAT que se presentó a la Junta al entender que es la que supone la mejor "defensa de los intereses de los trabajadores".
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