Bruselas incluye al fino y la manzanilla dentro de la categoría 'vino' a secas
Refrenda la extensión de la crianza del ‘fino’ a todo el Marco, aprueba el cambio de la definición de ‘fino viejo’ y admite el uso del término ‘reserva’
El cuarto de muestras

La Comisión Europea (CE) ha aprobado formalmente nuevos cambios en las categorías de productos de las denominaciones de origen Jerez-Xéres-Sherry y Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda, modificaciones solicitadas en su día por el Consejo Regulador y que ven al fin la luz tras el largo y tedioso proceso burocrático que acompaña a toda alteración de los pliegos de condiciones que requiera del visto bueno de Bruselas.
En esta ocasión, y tras la reciente luz verde a la comercialización de finos y manzanillas por debajo de 15 grados, los cambios aprobados por la CE afectan a las categorías de productos amparados por las denominaciones del Marco de Jerez, su definición, el uso de otros términos e incluso el nombre de la misma DO, en el caso de la manzanilla.
En concreto, productos de ambas denominaciones de origen se incorporan dentro de la categoría ‘vino’ a secas o propiamente dicha, que se suma así a la ya existente ‘vino de licor’ en la que se encasillaban, hasta ahora, todos los vinos amparados, incluidos el fino y la manzanilla.
En estos dos casos, se aplicaba una excepción al estar sometidos a la fortificación que establece la normativa comunitaria como requisito para los ‘vinos de licor’, por norma general, con una graduación aclohólica no inferior al 17% vol. fruto de ese encabezamiento del mosto base con alcohol vínico.
Más que la bajada de grado del fino y la manzanilla aprobada por Bruselas, su consideración como ‘vino’ a todos los efectos, según los reglamentos de la CE publicados este lunes en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), responde más bien a la posibilidad de alcanzar su graduación de forma natural, es decir, sin necesidad de fortificarlos, y a la práctica ausencia de azúcar.
Zona de crianza y 'fino viejo'
Además, Bruselas reconoce al fin la extensión de la crianza del ‘fino’ a todas las localidades del Marco de Jerez, a excepción de Sanlúcar de Barrameda, donde el vino de crianza biológica bajo velo de flor debe obligatoriamente identificarse como ‘manzanilla’ en virtud del acuerdo sectorial alcanzado en mayo de 2021 por el que, entre otros avances, se ponía fin al ‘fino’ de Sanlúcar.
De este modo, y aunque esta medida hace tiempo que se aplica en la práctica, la CE establece que, además de Jerez y El Puerto de Santa María, reconocidas históricamente junto a Sanlúcar como la zona de crianza en exclusiva de los vinos amparados, los vinos protegidos del tipo ‘fino’ podrán envejecerse también en Trebujena, Chipiona, Rota, Puerto Real, Chiclana y Lebrija.
Por otra parte, se modifica la definición de ‘fino viejo’, incluyéndose la misma excepción sobre su envejecimiento, es decir, que también podrá ser criado en todas las localidades del Marco. Esta medida, encaminada a clarificar la clasificación y etiquetado de los vinos protegidos, establece para el ‘fino viejo’ un envejecimiento medio superior a siete años, similar al vigente para la ‘manzanilla pasada’.
Un jerez ‘reserva’
Por otra parte, la CE acota el uso de la mención ‘reserva’ u otras similares para los vinos de ambas DO, que se empleará en vinos con un envejecimiento especialmente prolongado y sólo podrá utilizarse en el caso de la categoría ‘vino de licor’, es decir, en amontillado, olorosos...
En el caso de la categoría ‘vino’, Burselas avala su uso si esta mención forma parte de la marca registrada por la bodega, siempre y cuando el registro de la misma sea anterior a la primera publicación existente de regulación del término ‘reserva’.
En el nombre de la manzanilla
En cuanto a la DOP ‘Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda/Manzanilla’, pasan también a estar protegidos los términos ‘Manzanilla de Sanlúcar de Barrameda’ y ‘Manzanilla de Sanlúcar’.
El objetivo de este cambio es atender a “una más clara reivindicación del origen del vino y ampliar las opciones para referirse a la denominación de origen con las usualmente empleadas en el lenguaje común, las cuales en su totalidad vinculan el nombre Manzanilla al origen geográfico”, según los reglamentos.
En este sentido, el nuevo pliego recalca que los vinos de crianza biológica elaborados en Sanlúcar de Barrameda, por las particulares condiciones agroclimáticas, tienen como resultado su especificidad, debidamente protegida por su propia DO.
También te puede interesar
Lo último
Contenido ofrecido por quantica