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Ecologistas en Acción rechaza el cambio en el régimen de tarifación de Apemsa aprobado en El Puerto

Ecologista en Acción, en una imagen retrospectiva contra la privatización de una parte de Apemsa.

Ecologista en Acción, en una imagen retrospectiva contra la privatización de una parte de Apemsa.

Ecologistas en Acción ha presentado un escrito al Ayuntamiento solicitando la nulidad del acuerdo del Pleno del 6 de octubre de 2023 en el que se aprobó una modificación sustancial del sistema de pago por parte de los ciudadanos de la prestación del servicio de abastecimiento de agua potable y depuración de agua residuales. El Pleno municipal derogó las ordenanzas fiscales nº 26 y 27 que regulaban el pago de las tasas por este servicio, y aprobando unas nuevas Ordenanzas reguladoras de la “prestación patrimonial de carácter público no tributario”, modificación que ha pasado desapercibida pero que supone un cambio de enorme importancia, "que perjudicará a los ciudadanos y beneficiará a la empresa Aqualia".

La prestación de los servicios de suministro de agua potable, así como los de saneamiento y depuración de aguas residuales, se vienen prestando por Apemsa, empresa de economía mixta y titularidad pública, por detentar el Ayuntamiento el 51% del capital social, poseyendo la mercantil Aqualia el 49% del capital social restante. Pese a esta mayoría municipal, en el contrato suscrito entre el Ayuntamiento y Aqualia, en la época en que gobernaba el PP y ostentaba la alcaldía Alfonso Candón, se delegaba la gestión de Apemsa en Aqualia.

Al perder del carácter tributario de Tasa y convertirse en una prestación patrimonial de carácter público no tributario, "quedarían fuera del alcance del Pleno Municipal aspectos importantísimos de la tarifa que pagamos los usuarios", advierten los ecologistas.

Hasta la fecha, la cuantía de la tasa a cobrar no podía sobrepasar los costes del servicio, mientras que al establecerse como prestación patrimonial de carácter coactivo "puede cobrarse por encima del coste del servicio". Este hecho se agrava porque ahora será la comisión de precios de la Junta de Andalucía la que autorizará las tarifas, restando así autonomía al Ayuntamiento, "pues tanto el importe como sus actualizaciones posteriores estarían fuera del control municipal y el rendimiento económico de las mismas podría sobrepasar los costes del servicio y repercutir gravemente con alzas considerables en el importe de los recibos que se giren a los usuarios, lo que causará un perjuicio claro e innegable para los usuarios del servicio".

La transformación de las tasas en prestación patrimonial de carácter público no tributario "resulta gravemente lesiva a los intereses de los abonados del servicio y de todos los portuenses como usuarios y consumidores. Al perder el carácter de tasa queda sin efecto la cláusula de salvaguarda inserta en el contrato suscrito entre el ayuntamiento y Aqualia que estipula que “La revisión podrá basarse única y exclusivamente en la variación del IPC interanual”; a partir de ahora, no existirá este límite.

La modificación de la regulación tarifaria produce un cambio sustancial en el contrato celebrado el 14 de abril de 2014 entre el Ayuntamiento y Aqualia, que establecía para toda la duración del contrato, es decir, los 25 años, el régimen tarifario mediante tasa, y resulta perjudicial a los intereses de los abonados, e incluso al propio Ayuntamiento, y beneficia exclusivamente a la adjudicataria Aqualia. Además, esta modificación no ha sido consentida ni comunicada con carácter previo a los aproximadamente 45.000 abonados al servicio. Por todo ello, "esa modificación contractual operada por el procedimiento seguido deviene nula de pleno derecho".

Este acuerdo se adoptó en el Pleno municipal sólo con los votos favorables de los concejales del PP, "que siguen actuando como gestoría de Aqualia", y el voto en contra de los 10 concejales de la oposición.

Por todo ello, Ecologistas en Acción ha solicitado al Ayuntamiento que acuerde, conforme a lo establecido en el art. 47.1 e, f y g de la ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estimar la nulidad de pleno derecho del expediente de derogación de las ordenanzas fiscales 26 y 27 y se siga manteniendo el sistema de tarificación por tasa y el régimen de revisión de precios conforme al IPC, "conforme a lo preceptuado en el Pliego de cláusulas administrativas del contrato de adjudicación de la gestión del ciclo integral del agua a la empresa Aqualia".

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