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La tribuna

Manuel Clavero Arévalo

Un 28 de febrero singular

CELEBRAMOS este año el 31º aniversario del referéndum andaluz del 28 de febrero de 1980 que tantas consecuencias tuvo para Andalucía y para España. A Andalucía se le ha exigido para alcanzar la autonomía más plena regulada en la Constitución de 1978, los requisitos más rigurosos que ninguna otra comunidad cumplió. A Cataluña, al País Vasco y a Galicia se les facilitó enormemente el acceso a la autonomía por haber tenido Estatuto o, en el caso de Galicia, haberlo plebiscitado, con la Constitución de 1931. Las demás comunidades accedieron a la autonomía por el procedimiento del artículo 143 y no por el más riguroso del artículo 151 que fue el que siguió Andalucía.

Ninguna Constitución española estableció diferencias para que las regiones, comunidades o estados accedieran a la autonomía. La única Constitución española que configuró la estructura federal del Estado fue la Constitución Federal de 1873 de la primera República que estableció los nombres de los estados que componían la Nación española, que eran: Andalucía Alta; Andalucía Baja; Aragón; Asturias; Baleares; Canarias; Castilla la Nueva; Castilla la Vieja; Cataluña; Cuba; Extremadura; Galicia; Murcia; Navarra; Puerto Rico; Valencia y Regiones Vascongadas. Los estados tenían competencia legislativa y ejecutiva en las materias no reservadas al poder federal.

La Constitución de 1931 y la vigente de 1978 están inspiradas en el principio dispositivo, es decir, que las futuras Comunidades accedían a la autonomía si libremente querían y sólo la de 1978 estableció un procedimiento distinto para acceder a la autonomía. Como es sabido, solamente Andalucía siguió el procedimiento más riguroso de acceso, equiparándose a Cataluña, País Vasco y Galicia.

Este año, mañana, celebramos el 28 de Febrero en especiales circunstancias, ya que la tramitación legislativa y constitucional del Estatuto de Cataluña y la crisis económica que vive España han dado lugar a una serie de críticas para el Estado de las Autonomías, por lo general procedentes de la derecha más centralista. El aumento del déficit que originan, y el de la deuda acumulada, los gastos que producen, la ruptura, a veces, de la unidad del mercado, la multiplicidad de organismos y empresas paralelas con excesivo número de funcionarios y los gastos de 17 parlamentos han originado un debate sobre la viabilidad del Estado de las Autonomías, a los treinta años de su existencia.

Sin embargo, creo que muchas de las críticas que se dirigen al Estado de las autonomías pueden dirigirse también a las demás administraciones públicas, al Estado, a las 50 diputaciones provinciales y a muchos ayuntamientos. El Estado mantiene ministerios con muchos funcionarios como los de Educación, Sanidad, Vivienda y Cultura, cuando sus competencias han sido transferidas a las comunidades autónomas.

El Estado, por lo general, no ha utilizado los instrumentos que la Constitución le otorga en relación con las autonomías. El artículo 149.1.1ª le atribuye la competencia exclusiva para la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles, lo que permitiría garantizar el mercado único. El nº 3 de dicho artículo le otorga competencia exclusiva en las relaciones internacionales (pensemos en las pretendidas embajadas de algunas autonomías). El artículo 150.3 le faculta para dictar leyes de armonización de las disposiciones normativas de las comunidades autónomas, aun en el caso de materias atribuidas a la competencia de éstas. El artículo 155 faculta al Estado para adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento forzoso de las comunidades autónomas. En el orden económico, el artículo 156 establece que las comunidades autónomas actuarán en coordinación con la Hacienda estatal y en solidaridad entre todos los españoles y la emisión de deuda pública necesita la autorización del Estado.

Sin embargo, pocos aceptarían volver al Estado centralista sin comunidades autónomas, o reducir su número. Lo que sí aceptarían es reducir el número de empresas y organismos paralelos de las comunidades autónomas y del Estado y suprimir las diputaciones provinciales y aclarar las competencias compartidas entre el Estado, las comunidades autónomas y los ayuntamientos, que son muchas, y la transformación del Senado en Cámara de las comunidades autónomas. En resumen, el modelo del Estado de las Autonomías es válido, pero cabe mejorarlo y gestionarlo mejor.

Este año también coincide con el 1.300 aniversario de la entrada de los árabes en la península por Andalucía y en estos días estamos observando con preocupación y esperanza la revolución en los países árabes del norte de África. Un 28 de Febrero singular.

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