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Absuelto de allanamiento, daños y lesiones por estar totalmente borracho

Fue a visitar a su novia en Nochebuena y acabó intentando entrar a la fuerza, destrozando una cancela e hiriendo a dos familiares que le impidieron la entrada

Manuel Moure

04 de diciembre 2012 - 07:10

Corrían las primeras horas de la Nochebuena de 2009. El acusado, un hombre que quería encontrarse con su novia, estaba bastante borracho y terminó cometiendo una serie de delitos por los que acabó sentado, tres años después, ante un tribunal con jurado popular por intento de allanamiento de morada, daños y lesiones. Finalmente fue absuelto. La clave: que estaba borracho y no eran consciente de sus actos. Ésta es la historia.

A las 1,15 horas del 25 de diciembre de 2009 el acusado, José Manuel P.R., de 37 años y defendido por el abogado Alfredo Velloso, se fue al domicilio de los tíos de su novia donde ésta se encontraba en la habitual reunión familiar de estas fechas. La intención del individuo era recoger a su novia, algo que no le permitieron tanto el tío como el primo de ésta ya que, según dieron por válidos los miembros del jurado, “no lo conocían de nada” y además “lo vieron alterado y nervioso”.

“En su deseo de entrar en la citada vivienda el acusado comenzó a dar patadas y golpes en la cancela de la entrada para conseguir ver a su novia para conseguir abrirla y a través de los barrotes propinó golpes a las personas que le impedían la entrada quienes en todo momento sujetaban la cancela para impedir el acceso del acusado. Finalmente éste trepó por la reja hasta llegar a la parte superior de la cancela, momento en el que los moradores de la vivienda dieron aviso a la Policía. Al percatarse de ello el acusado se descolgó hacia fuera y se marchó”.

Como consecuencia de estos hechos la cancela sufrió daños por valor de 945,4 euros, mientras que los dos hombres que se opusieron a su entrada sufrieron heridas (golpes y arañazos) de las que tardaron en sanar siete y diez días. Los jurados consideraron igualmente probado que el acusado “se encontraba en estado de embriaguez y no era consciente de sus actos”. El tribunal igualmente admite que el proceso sufrió un retraso injustificado pues tardó en juzgarse casi tres años, concretamente dos años y 11 meses.

Para el jurado la violencia desplegada por José Manuel P.R. está demostrada, como también lo considera en el hecho de que éste iba bastante perjudicado. Para ello resultó clave la declaración de la por entonces novia del acusado, que señaló que a última hora del día 24 de diciembre de 2009 (es decir, horas antes del incidente) estuvieron bebiendo y tomando pastillas, lo cual resultó según su propia explicación “una mezcla explosiva”. Ante el jurado, la exnovia dijo que José Manuel tomaba medicación contra los nervios por problemas de depresión y que la noche de autos “no estaba normal”. Todo ello se unió a la declaración del tío, que fue una de las personas que opuso resistencia a su intención de entrar por la fuerza en casa ajena: “Tiene problemas con las drogas”, dijo.

El jurado consideró probado que fue José Manuel P. R. quien causó los graves daños en la cancela, así como que fue el autor de las heridas que padecieron los familiares al intentar frenarle en su intención de allanar la morada familiar. El jurado popular entendió probado que “el acusado no actuó con conciencia y voluntad de causar lesiones debido al estado de embriaguez en que se encontraba y no era dueño de sus actos”. Es por ello por lo que la magistrada lleva a apreciar la concurrencia de la circunstancia eximente completa de responsabilidad criminal prevista en el artículo 20.2 del Código Penal. De esta forma, no deberá indemnizar a la familia por los daños causados en la cancela ni por las lesiones causadas a los familiares. Para terminar, cabe señalar que las amenazas de muerte que se le imputaban al acusado no fueron finalmente atendidas por el jurado.

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