Problema con el agua
La empresa propietaria de un inmueble en Manuel de la Quintana sostiene que las facturas de 762,32 euros y de 839,50 son erróneas y se querella por el corte del suministro
Aquajerez asegura que las lecturas son correctas y que no se ha solicitado la verificación del contador
Soul Corporation SL ha interpuesto una querella criminal contra Aquajerez, "concretamente la persona que asume la responsabilidad en la decisión del precinto del contador de la vivienda y el corte de suministro de agua" de una finca urbana sita en la calle Manuel de la Quintana de Jerez. El problema surge con dos facturas, una de 762,32 euros (02-04-2020 a 02-06- 2020) y otra de 839,50 euros (03-06-2021 al 03-08-2021), con la vivienda deshabitada, según la demanda. Aquajerez responde que este consumo, muy superior a la media, se debe a "alguna avería interior que haya tenido o por algún otro motivo", y "dado que no se abonó la factura", en febrero se procedió al corte del suministro.
En los hechos de la querella se especifica que "por motivos profesionales la vivienda queda temporalmente sin uso desde el mes de mayo de 2021", quedando en uso "todos los electrodomésticos y obviamente el servicio de gas, luz y agua". El querellante detalla la facturación por el servicio de Aquajerez "entre el mes de febrero de 2020 hasta el mes de diciembre de 2021", acompañando un informe pericial del arquitecto técnico Juan Ricardo Galache, visado por el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.
En la querella se asegura que "ni ha existido uso de la vivienda, ni tampoco ninguna pérdida, rotura de tuberías o escape de agua. Por tanto, la fiabilidad de las lecturas en relación con el consumo de agua es escasa y pudiera ser debido a fallos en el propio contador".
Este extremo lo niega Aquajerez, que subraya que "nuestro cliente", el querellante, "debe la factura correspondiente al periodo junio-julio de 2021, con fecha máxima de pago en septiembre. Este periodo tuvo un consumo superior al habitual; presentó reclamación el 19 de noviembre de 2021. Posteriormente se le reclamó documentación al cliente para poder atender la reclamación conforme a legislación en vigor".
Una vez cumplimentada esa documentación, "el 3 de diciembre dimos por resuelta la reclamación" por escrito; "el cliente ha tenido un consumo elevado, entendemos que por alguna avería interior que haya tenido, o por algún motivo que sabrá mejor que nosotros".
Por tanto, "el 3 de febrero de 2022, dado que no se abonó la factura procedimos según reglamentación en vigor al corte de suministro".
Aquajerez afirma que no se ha solicitado la verificación del contador, petición que conlleva que el coste del examen lo asuma el cliente en el caso de que sea correcto.
Antes de querellarse, Soul Corporation asegura haber "agotado las posibilidades de un arreglo extrajudicial sin que por parte de la querellada se le haya dado solución al conflicto surgido", después de solicitar que "se adoptasen las medidas oportunas para proceder a las verificaciones pertinentes y necesarias tanto de las notas de facturación como de los instrumentos de medida y demás comprobaciones técnicas, para así comprobar que la facturación referida de 876,32 euros es errónea, requiriéndole a fin de que se reajustase dicha factura, conforme al consumo realmente realizado".
En la respuesta de Aquajerez "se decía que de acuerdo con la información registrada en su sistema y una vez analizado el histórico de consumos habían comprobado que durante el periodo comprendido entre los días 03/06/2021 al 03/08/2021 detectando que el aparato medidor tenia contabilizado 405 m3, con una lectura de 2188, cantidad superior al consumo que normalmente se factura; y que cumpliendo con el Protocolo de actuación se le había avisado mediante carta de fecha 04/08/2021 informándole del elevado consumo".
Continuando con el análisis de los datos, en la concesionaria confirman "la inexistencia de un posible error de lectura", concluyendo que "desconocen la existencia de una posible incidencia en la instalación interior de la vivienda en cuestión" y que "no eran responsables de posibles defectos de construcción o conservación de las instalaciones interiores".
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