Tribunales

Seis años y tres meses de prisión a un jerezano por abusar sexualmente de su expareja

Sede del TSJA en la capital granadina.

Sede del TSJA en la capital granadina.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la pena seis años, tres meses y un día de prisión a un jerezano por abusos sexuales a su expareja sentimental, maltrato de obra (daño que no llega a provocar lesión física) y amenazas leves. Confirma de este modo la sentencia que emitió la sección jerezana de la Audiencia Provincial sobre unos hechos ocurridos a finales del verano de 2020.

Tal y como rezan en ambos pronunciamientos judiciales, condenado, un jerezano de nombre Manuel Jesús A. D., y víctima (esta última tiene declarada una discapacidad intelectual leve) mantuvieron una relación sentimental que acabó “a finales de 2019 o principios de 2020”. Ambos mantuvieron el contaco y en el verano de 2020 ella se montó en un coche con él y la llevó a un descampado cerca de la barriada rural de Mesas de Asta.

Tal y como denunció la víctima, y así lo corroboran los pronunciamientos judiciales, el procesado le propuso mantener relaciones sexuales, pero ella se negó. A pesar de ello, consumó el acto contra la voluntad de la mujer, aunque el procesado aseguró que fue consentido. La víctima no denunció en un primer momento lo ocurrido, sino que lo hizo tras comentárselo a una psiquiatra.

Pero, días más tarde, cuando la denunciante salía de un bar acompañada de un amigo donde había comprado tabaco, el ya condenado se acercó a ella exigiéndole que se fuera con ella. Al negarse, este le gritó que no quería verla con otra persona y que, si se marchaba, la "iba a matar o a coger y a arrastrarla”. Tal y como reza la sentencia, acto seguido la agarró de las manos y tiró con fuerza de ella hacia él, provocando que el tabaco que llevaba en las manos se cayera al suelo, aunque no sufrió lesiones. Tras esto, la víctima empezó a gritar por lo que el detenido se marchó del lugar corriendo.

Días más tarde, el condenado acudió en varias ocasiones a las inmediaciones del domicilio de la víctima. De este modo, y a gritos, le exigió que saliera a la calle y, ante su negativa, empezó a insultarla y amenazarla con “quemar la casa” y “llevarse al hijo de ella”.

Por estos tres episodios, la Audiencia Provincial condenó a principios de enero del año pasado a seis años y tres meses de prisión por los delitos de abuso sexual, maltrato de obra y amenazas leves sobre la mujer. Eso sí, no consideró que debía aplicarse la agravante de parentesco ya que, a pesar de que hubo una relación, esta no era estable, ni tampoco que se le condenase por vejaciones, tal y como pedían la Fiscalía y la acusación particular. Ahora bien, el condenado presentó un recurso de apelación ante el TSJA, aunque este también ha sido desestimado en su integridad.

En el fallo, el alto tribunal andaluz señala que, aunque los testimonios realizados por la víctima y los testigos (madre y amigo de ella) son “la prueba fundamental” de los hechos, estos son “plenamente fiables”, tal y como ya concluyó la Audiencia Provincial. A ello se une que estos fueron corroborados por un informe psiquiátrico que se analizó en la vista oral.

En este sentido, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía señala que las declaraciones cumplen con los “parámetros” que establece la jurisprudencia para darle validez y rechaza la defensa del condenado, que alegó que sus declaraciones habían incurrido en contradicciones. La sentencia apunta: “La víctima narró al tribunal, de manera simple y sencilla, pero descriptiva, nítida, lineal y con un cierto rubor” lo ocurrido en un relato “tildable de lógico y coherente”.

El fallo no es firme aún y puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.

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