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Provincia de Cádiz

La Federación del Gallo Combatiente defiende la legalidad de esta actividad

  • La entidad, con sede en Sanlúcar, recuerda que la Junta autoriza las riñas en las peñas

Imagen de archivo de uno de los reñideros  existentes en la provincia.

Imagen de archivo de uno de los reñideros existentes en la provincia. / fito carreto

La operación policial que se saldó hace unos días con el desmantelamiento de un reñidero de gallos en la calle Santa Clara, en El Puerto de Santa María, sigue dando que hablar. En el día de ayer algunos de los asistentes a la riña se pusieron en contacto con este periódico para defender la legalidad de esta actividad en Andalucía, un extremo que destacan también desde la Federación Andaluza del Gallo Combatiente Español, con sede en Sanlúcar de Barrameda.

La entidad, con más de 10.000 socios procedentes de toda España, agrupa a criadores y aficionados de diferentes puntos del país, ya que hay que tener en cuenta que se trata de una actividad legal en Andalucía y en Canarias, siempre que se cumplan unos requisitos exigidos por la Junta de Andalucía. Estos requisitos establecen que solo las peñas o asociaciones inscritas en los registros de la Junta pueden organizar las tientas, que en cualquier caso no tendrán bajo ningún concepto la consideración de espectáculo público o actividad recreativa. Los reñideros, además, deben tener al día pólizas de responsabilidad civil y certificados de seguridad e higiénico-sanitario y solo los criadores federados pueden asistir a las riñas, sin que puedan hacerlo en ningún caso los menores de 16 años. También están prohibidas las apuestas y la publicidad.

El presidente de la federación andaluza, Fernando Salazar, aseguraba ayer a este periódico que en el caso del reñidero de El Puerto -que funciona al menos desde 1965, fecha de la que datan sus estatutos- se cumplían todos estos requisitos exigidos por la Junta, de manera que a todo el que quiso acceder al recinto se le había pedido el pertinente carnet federativo, ya que la entrada debe contar además con guardas de seguridad. El nombre del establecimiento no deja lugar a dudas, ya que se denomina El reñidero, un nombre que no deja margen a la clandestinidad.

En El Puerto de Santa María existen dos reñideros de este tipo, el de la calle Santa Clara y otro en la barriada de Las Nieves, aunque proliferan también en otras ciudades del entorno como Jerez, Sanlúcar o Trebujena.

La normativa bajo la que se siguen celebrando peleas de gallos de manera legal se regula en la ley 11/2003 de Protección de los Animales, que ampara las riñas que tengan como objetivo la selección de cría para la mejora de la raza y que se realicen de forma exclusiva en criaderos autorizados con la asistencia de sus socios.

En el caso de la operación policial materializada estos días en El Puerto, la información del Cuerpo Nacional de Policía (CNP) se centraba, no obstante, no en la ilegalidad de la actividad en sí, sino en la presencia de al menos dos personas que manejaban dinero al parecer procedente del pago de apuestas -algo prohibido en la norma-, la venta de boletos para rifas ilegales o la duplicación del aforo autorizado.

La directiva de la federación mantenía ayer una reunión y lamentaba el daño que este tipo de operaciones causan en una actividad muy desconocida por buena parte de la población, pero que por otro lado cuenta con muchos adeptos en todo el país. Desde la Federación anuncian además recursos a las sanciones impuestas a los organizadores y asistentes.

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