Pacheco y López no pueden seguir siendo concejales del Ayuntamiento
La ley electoral no permite que haya condenados por delitos contra la administración pública en las instituciones aunque la sentencia no sea firme López tampoco podría continuar en Diputación
Foro Ciudadano decidió el pasado martes que Pedro Pacheco y José López sigan siendo concejales a pesar de que han sido condenados por la Audiencia Provincial a penas de prisión y a la inhabilitación absoluta que les impide el desempeño de cargo público mientras no se ratifique la sentencia. Sin embargo, esta decisión no va a depender del parecer de esta formación sino del Partido Popular, que tiene mayoría absoluta en la corporación municipal jerezana.
Esto se debe a la Ley de Régimen Electoral General que no permite que haya en las instituciones representantes políticos condenados con determinadas penas, aunque no sean firmes. En 2011, el ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero realizó un importante cambio en esta normativa estableciendo que aquellos condenados por delitos de terrorismo, rebelión, contra la administración pública o contra las Instituciones del Estado no puedan ser elegidos en unas elecciones o tengan que abandonar el cargo público que ocupan. Y este es el caso de Pacheco y de López, cuyos delitos se adscriben en el apartado de contra la administración pública (la Audiencia considera que hubo prevaricación y malversación de caudales públicos en varias contrataciones realizadas a través de dos empresas municipales).
La Ley Electoral recoge que aquellas personas "con pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público" son "inelegibles" en unos comicios. Por tanto, Pacheco no podría presentarse a las municipales de 2015, tal y como es su intención.
Pero la normativa electoral establece además, que las causas de "incompatibilidad" para el desempeño de cargo público son también las mismas que en el caso anterior. Por lo tanto, Pacheco y López no podrían seguir de concejales, con el agravante de que este último, además, también tendría que abandonar la Diputación Provincial. Pero, para ello, el Ayuntamiento tiene que iniciar un procedimiento para declarar la incompatibilidad de ambos, que debe ser aprobado por el pleno municipal.
Así se ha pronunciado en varias ocasiones la Junta Electoral Central, el órgano que vela por garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral, que ha determinado que "es competencia del pleno de la correspondiente corporación" la tarea "de examen de incompatibilidades en que puedan incurrir sus miembros". Además, ha ratificado en dos ocasiones en los últimos meses que no es necesario tener sentencia firme para incurrir en la incompatibilidad y, por ende, la obligatoriedad de tener que abandonar el cargo público.
Por el momento, en el Ayuntamiento aún no se ha iniciado procedimiento alguno al respecto aunque el pasado jueves la alcaldesa, María José García-Pelayo, pidió tanto a Pacheco como a López que rectificaran su decisión y entregaran sus actas de concejales ante la gravedad de los delitos por los que han sido condenados en primera instancia.
Para que el procedimiento se inicie, en primer lugar la corporación municipal tiene que conocer, de manera oficial, la sentencia. En este caso, la acusación particular corrió a cargo de una de las empresas municipales, concretamente la de Emusujesa (la sociedad gestora del suelo público), entidad a la que ya le fue notificado el fallo el pasado martes. Sin embargo, el Ayuntamiento, que es otro órgano a efectos formales, no tiene por qué tener constancia oficial.
En este caso, y tras una consulta realizada por un ayuntamiento en septiembre del año pasado, la Junta Electoral de Zona explicó que "le corresponde a la corporación local que tuviera conocimiento de la imposición de una condena de esta índole recabar del órgano jurisdiccional competente la notificación del fallo para poder proceder a su ejecución". Por lo tanto, el pleno debería acordar solicitarla a la Audiencia para que la remita. Pero es más, este órgano apunta que no es necesaria la renuncia previa del o los inhabilitados sino que es el pleno el que puede iniciarlo una vez tenga conocimiento del fallo.
Por el momento, este acuerdo de la corporación no se ha producido y ningún grupo político ha anunciado públicamente si promoverá o no la petición. No obstante, todo está en manos del PP que tiene la mayoría necesaria.
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