Tentativa en el descuento
Foro Ciudadano asegura que está estudiando a fondo la ley ya que entiende que hay "base legal" para que Pedro Pacheco y José López puedan seguir siendo concejales
Mañana, a las nueve, todos los concejales de la corporación municipal están convocados a la sesión del pleno municipal correspondiente a este mes de mayo; sin embargo, aún está por ver si acudirán Pedro Pacheco y José López. De hecho, ayer, su formación, Foro Ciudadano, no lo aclaró alegando que "será una decisión de ellos".
Eso sí. El partido reconoció que en estos días se están afanando en buscar algún resquicio legal que permita que ambos continúen como concejales tras trascender que no pueden seguir tras ser condenados por la Audiencia Provincial por los delitos de prevaricación y malversación de fondos públicos. El tiempo apremia ya que el gobierno municipal ya ha encargado un informe para determinar el procedimiento a seguir para que dejen de formar parte de la corporación aunque, por el momento, nada se ha conocido al respecto.
El portavoz de Foro Ciudadano, Raúl Ramírez dejó entrever ayer que Pacheco es ambicioso en su pretensión queriendo tirar a lo más alto. La Ley de Régimen Electoral es taxativa: un condenado por alguno de los delitos contra la administración pública, aunque no sea por sentencia firme, no puede ocupar un puesto de concejal. Aquí queda poco para la interpretación jurídica pero se trabaja en hacer casi una enmienda a la totalidad de este cambio normativo ya que se entiende que puede ser hasta anticonstitucional. Ayer, el portavoz de Foro Ciudadano no utilizó este calificativo pero sí dijo que la norma "choca frontalmente con las garantías que tiene que tener un cargo público". Incluso, apuntó que existe "base legal" que sustenta esta afirmación y que en estos días se está analizando, aunque de manera oficial no se tenga conocimiento de que el Ayuntamiento haya iniciado el expediente administrativo que provocará la marcha de Pacheco y de López del pleno.
El cambio de la Ley de Régimen Electoral entró en vigor a finales de enero de 2011 y aún son pocos los casos, aunque en todos ellos la Junta Electoral Central ha dictaminado (aunque sus informes no son vinculantes) que es causa de incompatibilidad tener una condena, aunque no sea firme. Uno de los precedentes es el municipio tinerfeño de Arona donde el alcalde se vio obligado a dimitir meses después de ser condenado por prevaricación a pesar de su férrea oposición inicial. La insistencia de la oposición y un demoledor informe del secretario municipal obligó a Alberto González Reverón a renunciar a su acta de concejal.
En este análisis, el alto funcionario municipal cuestionaba cualquier duda sobre la legalidad del texto normativo. Así, señalaba que la Ley Electoral tiene el rango suficiente para establecer límites a un derecho como es la participación en las "tareas de carácter público" (como pueda ser ocupar el puesto de concejal). Pero iba más allá y señalaba, en base a una sentencia del TSJA, que la obligación a renunciar a un cargo público no se puede entender como un cumplimiento tácito de la condena de inhabilitación fijada por un tribunal. Así, apuntaba que para ser cargo público, hay que cumplir unos requisitos, entre los que se encuentra no estar condenado por un delito contra la administración pública. Por lo tanto, advierte que es una condición sine qua non que nada tiene que ver con el cumplimiento de una sentencia. No obstante, esto no deja de ser una interpretación de un secretario municipal de un ayuntamiento, pero marca un camino que habrá que ver si lo toman o no los servicios jurídicos jerezanos.
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