El Defensor ‘obliga’ a precintar un establecimiento ruidoso en Jerez
Tras la intervención de la institución andaluza, el Ayuntamiento tramita las denuncias de una vecina para que un establecimiento hostelero adopte las medidas correctoras
Urbanismo ya trabaja en la redacción de un segundo proyecto para poner en uso la parte recuperada del Palacio de Riquelme de Jerez
La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz acaba de cerrar este mes de enero una queja procedente de Jerez. En concreto, su mediación ha resultado fundamental para que el Ayuntamiento tome cartas en el asunto y precinte un establecimiento ruidoso.
Tal como informan desde la institución, la Oficina recibió una queja de una vecina de Jerez de la Frontera “con motivo de la problemática de contaminación acústica que desde hacía años venía sufriendo en el interior de su domicilio, por el ruido que generaba una actividad de bar que estaba justo en el local debajo del mismo”.
En relación con este asunto, la Unidad Móvil de Medida de la Contaminación Acústica de la Junta de Andalucía había practicado ya en el año 2018 un ensayo acústico tras denuncia de la afectada, “obteniéndose un resultado desfavorable en ruidos transmitidos al interior de recintos colindantes”.
“Tras este ensayo, que debía obrar en poder del Ayuntamiento, parece que no se había llevado a cabo actividad disciplinaria alguna y que a la vecina afectada no le quedó más alternativa que solicitar el auxilio judicial, si bien optó por la jurisdicción civil, demandando al titular del establecimiento, obteniendo una sentencia favorable”, explica desde el Defensor del Pueblo Andaluz.
Tras esta sentencia, la afectada presentó en el Ayuntamiento de Jerez una instancia en la que pedía que dicha resolución judicial, al parecer ya firme, fuera “tomada en cuenta por la Gerencia de Medio Ambiente para una futura resolución”. Además, solicitaba información “del expediente que en su día fue abierto por funcionarios de medio ambiente”, ya que, relataba en su instancia, “a fecha de hoy el establecimiento sigue sin adoptar la resolución administrativa”.
Sin embargo, “no había tenido respuesta del Ayuntamiento, y tampoco el establecimiento en cuestión había adoptado medida alguna para dar cumplimiento a la sentencia, ni porque lo hubiera ordenado el Ayuntamiento, pese a que las medidas debieron adoptarse mucho tiempo atrás”, aseguran desde la Oficina.
Fue por estos motivos, por los que la que el Defensor del Pueblo Andaluz admitió a trámite la queja y en respuesta “se recibieron dos informes del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera”. Del primero, informe de la Directora de Servicio de Gestión del Medio Ambiente “cabía destacar el último de los actos administrativos de los que se nos daba cuenta. En concreto Resolución de abril de 2024, del delegado de Servicios Públicos, acordando como medida provisional el precinto temporal del establecimiento “en tanto no se adopten las medidas correctoras que garanticen el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica y contaminación atmosférica ya especificadas anteriormente”. Para ello, “se deberá acreditar, mediante certificación de técnico competente, que dichas medidas cumplen con la normativa vigente en materia de contaminación acústica y de contaminación atmosférica”.
El segundo informe, de la directora de Servicio de Gestión del Medio Ambiente, “daba cuenta de que en mayo se había procedido al precinto temporal de las instalaciones del establecimiento en tanto no se adopten las medidas correctoras que garanticen el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica y contaminación atmosférica”.
A la vista de esto último -precinto de las instalaciones- “entendíamos que se había aceptado la pretensión de la promotora y que cuando se levantase ese precinto había de entenderse que ya se habían adoptado las medidas correctoras exigidas”. Desde Oficina, cuyo máximo responsable es Jesús Maeztu Gregorio de Tejada, se destaca así que tras su “intervención cabía considerar que el Ayuntamiento había tramitado las denuncias y había activado el ejercicio de sus competencias disciplinarias de policía de actividades”.
“Entendimos, por tanto, que el problema que motivó la presentación de queja se había solucionado y procedimos al cierre del expediente”, concluyen.
Temas relacionados
4 Comentarios