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El Contencioso avala el descenso administrativo

  • El Juzgado ha confirmado la resolución del TAD que ratificaba la sanción al Xerez CD por impagos en 2013

Tebas, en su visita al Xerez CD a finales de la temporada 2012-13.

Tebas, en su visita al Xerez CD a finales de la temporada 2012-13. / manuel aranda

El portal iusport.com publicó ayer el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 1 ha confirmado la resolución del Tribunal Administrativo del Deporte, de 25 de abril de 2014, que a su vez ratificada la sanción impuesta por la Real Federación Española de Fútbol al Xerez Club Deportivo SAD, de descenso administrativo.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Iusport, en su último fundamento expresa que "siendo la infracción cometida el incumplimiento de sus compromisos adquiridos con los deportistas, la mayor o menor cuantía de la deuda no implica desvirtuar el hecho infractor, siendo además hipotética la alegación de que, de haber obtenido ciertos pagos (que, conforme a los expuesto y a las testificales practicadas el 7-2-18, al menos en lo referente a los 425.000 euros alegados, se deduce que se trataría de un fondo de ayuda que habría de ser devuelto en caso de que el club pagara a los jugadores), pudiera haber cumplido con sus compromisos, pues lo cierto es que la parte recurrente no estaba al corriente de sus obligaciones a fecha 31-7-13, por lo que la infracción resulta típica y la sanción consecuencia de la aplicación de la normativa reseñada en la resolución recurrida, no argumentándose en la demanda sobre la naturaleza de la sanción impuesta, por lo que, en base a todo lo expuesto, el recurso no puede prosperar".

En base a ello, la sentencia termina con el siguiente fallo:

"Desestimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por la entidad mercantil Xerez CD SAD, contra la resolución del Tribunal Administrativo del Deporte, de 25 de abril de 2014, que acuerda desestimar el recurso contra la resolución del Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol de 7 de marzo de 2014".

Todo arrancaba tras el descenso deportivo a Segunda B y el desembarco de Energy y Ricardo García en el Deportivo: el 7 de agosto de 2013, el Juez de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), a la vista de la información remitida por la Comisión Mixta LNFP/AFE, en cuya virtud comunicaba que el Xerez CD SAD no se encontraba al corriente de pago de las cantidades denunciadas en las reclamaciones presentadas por los futbolistas de la entidad azulina, se procedió a tramitar expediente disciplinario extraordinario, incoado frente al citado club deportivo, por la realización de una conducta que pudiera resultar infracción a lo dispuesto en los artículos 76.3 b) de la Ley 10/1990, del Deporte y los artículos 16 b) y 23.3.c) del Real Decreto 1591/1992, de Disciplina Deportiva.

La página web explica que el Juez de Competición de la RFEF, mediante resolución de 29 de enero de 2014, acordó imponer al Xerez CD SAD la sanción de descenso de categoría, de Segunda B a Tercera, como responsable de una infracción de los artículos 76.3 b) de la Ley del Deporte y 16 b) del Reglamento sobre Disciplina Deportiva, en relación con los artículos 60.2 y 192 del Reglamento General de la RFEF.

Dicha resolución fue recurrida por el representante del Xerez CD SAD el día 17 de febrero de 2014 ante el Comité de Apelación de la RFEF, siendo ratificada por éste confirmándose íntegramente en todos sus extremos el 7 de marzo de 2014.

Posteriormente fue ratificada por el TAD y ahora por la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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