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Jerez

La Junta no tendrá que indemnizar por la anulación del desarrollo de Montealegre

  • Una sociedad le demandaba 5,5 millones en compensación por haber permitido que el Ayuntamiento aprobara unas figuras urbanísticas que fueron anulados por los tribunales

  • El Consejo Consultivo de Andalucía determina que la reclamación ha prescrito y su informe es preceptivo

Terrenos de Montealegre en una imagen tomada desde la Hijuela del Serrallo.

Terrenos de Montealegre en una imagen tomada desde la Hijuela del Serrallo. / Miguel Ángel González

La Consejería de Fomento y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía no tendrá que indemnizar a una sociedad que le exigía 5,5 millones de euros por la anulación de los documentos urbanísticos con los que se trataron de desarrollar el enclave de Montealegre y que fueron tumbados por la justicia. El Consejo Consultivo de Andalucía ha determinado que la firma no tiene derecho a percibir este importe ya que su petición ha prescrito por lo que el organismo autonómico ya tiene el informe preceptivo para proceder al rechazo de la petición.

La reclamación parte tras dos sentencias que anularon, en primer lugar, el plan especial de reforma interior de este extenso enclave situado en el extremo este de la ciudad y, con posterioridad, tanto el proyecto de reparcelación como el de urbanización. El primer pronunciamiento judicial fue del Tribunal Supremo en 2014 mientras que el segundo fue del TSJA (Tribunal Superior de Justicia de Andalucía) en 2017. Sin embargo, la demandante no presentó su reclamación hasta enero de 2020 cuando la normativa establece que tiene un año de plazo desde que las decisiones judiciales adquirieron firmeza.

La reclamación en materia de responsabilidad patrimonial de la administración se sustentaba en una supuesta inacción de la administración autonómica en el cumplimiento de la normativa urbanística. Así, le reprochaba que, aunque es competencia del Ayuntamiento jerezano la aprobación de la planificación de estos suelos, la Junta debió velar por un “adecuado control y seguimiento de la legalidad urbanística vigente”. No en vano, la justicia acabó anulando todos los documentos urbanísticos que se aprobaron por parte del Consistorio para el desarrollo de estos suelos.

Aunque en el dictamen del órgano consultivo, fechado a finales del pasado mes de diciembre, se afea a la Consejería de Fomento y Ordenación de Territorio que no tramitara correctamente la reclamación en sus inicios, considera que no debe abonarse la indemnización ya que la solicitud se realizó fuera del plazo legal para hacerlo. De hecho, no entra a valorar el fondo del asunto.

Así, se apunta que esta demanda de responsabilidad patrimonial se debería haber presentado en 2018. La reclamante comunicó en ese año su intención de presentar la petición, pero el Consejo Consultivo advierte en su dictamen de que no lo hizo de manera efectiva hasta enero de 2020.

Con una superficie de unos 1,6 millones de metros cuadrados, donde se proyectan unas 1.300 viviendas (de las que 400 ya están construidas), estos suelos están teniendo una larga tramitación administrativa no exenta de polémica. Este enclave fue declarado urbanizable en 1995 y, una década después, se procedió a aprobar el plan especial, así como los proyectos de reparcelación y urbanización. Sin embargo, un grupo de propietarios recurrió ante la justicia esta ordenación. Fruto de ello, en 2014, el Tribunal Supremo anuló el plan especial y, tres años después, el TSJA hizo lo mismo con el resto de figuras urbanísticas aprobadas.

Esto obligó al Ayuntamiento a iniciar un nuevo procedimiento mediante una modificación puntual del Plan General, que obtuvo el visto bueno del pleno municipal en abril del año pasado.

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