El Brandy de Jerez ve reconocida su vejez media y se incorpora al sistema de añadas

La UE modifica el pliego de la IGP del destilado jerezano y establece las nuevas categorías 'Solera' de 12, 15, 18 y 30 años

Reconoce oficialmente la singularidad del sistema tradicional de envejecimiento de Criaderas y Soleras, junto a otros ajustes sobre el envasado y etiquetado

Bruselas autoriza el Brandy de Jerez de 'Añada' y la mención de su vejez media en la etiqueta

Imagen de la última edición de la Brandy Mixing Night celebrada durante las Fiestas de la Vendimia en los Claustros.

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha comunicado, este martes 11 de marzo de 2025, la aprobación de las modificaciones del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) Brandy de Jerez. Estas modificaciones autorizadas por la Comisión Europea reconocen oficialmente el sistema tradicional de envejecimiento de Criaderas y Soleras del destilado jerezano, al tiempo que establecen una nueva clasificación de las categorías en función de su vejez media.

Los cambios del pliego de condicones suponen la culminación de un largo proceso de reivindicación por parte del sector del brandy jerezano, que además de ver reconocida la singularidad del sistema de Criaderas y Solera, junto con una actualización de su categorización y etiquetado, incorpora el sistema de crianza estática a través del 'Brandy de Jerez de Añada', que "deberá haber envejecido sin mezclarse con otros de distinta vejez durante un periodo superior a doce años".

El texto establece igualmente una nueva clasificación para los brandies con una vejez promedio de más de tres años:Solera 12 años, Solera 15 años, Solera 18 años y Solera 30 años, categorización similar a la la existente en la DO Jerez-Xérès-Sherry.

Con la entrada en vigor de estos cambios, la categorización de los brandies de Jerez se actualiza para reflejar, con precisión y transparencia, la vejez promedio de los destilados. Las categorías tradicionales se reformulan y quedan así establecidas: Brandy de Jerez ‘Solera’ con un envejecimiento promedio superior a seis meses; ‘Solera Reserva’, superior a un año; y ‘Solera Gran Reserva’, superior a tres años.

Estas adaptaciones ponen fin a una reclamación histórica, respaldada desde las instituciones europeas tras la modificación del reglamento comunitario sobre bebidas espirituosas. Dicho reglamento exigía reflejar la edad del componente más joven en el etiquetado. Este criterio no se correspondía con la práctica del envejecimiento dinámico del sistema de criaderas y soleras, en el que la proporción del destilado más joven se diluye progresivamente, hasta representar solo entre un 2% y un 5% del contenido final en la saca de la solera, lo que distorsionaba la indicación real del tiempo de envejecimiento.

Reconocimiento y otros ajustes

Con estas modificaciones, la Unión Europea ratifica que "el sistema de criaderas y soleras no es un mero sistema de mezclas, sino un modelo de envejecimiento dinámico", como defendió en su día la industria española y portuguesa del brandy frente a la oposición de otros Estados miembros y organismos, como la Scotch Whisky Association ante su solicitud del cambio de la normativa allá por 2009.

De hecho, durante la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea, en 1989, se destacó la naturaleza diferenciada de las denominaciones Solera, Solera Reserva y Solera Gran Reserva, concebidas desde su origen en función del tiempo medio de envejecimiento. En la práctica, especialmente en la categoría Solera Gran Reserva, es habitual que los brandies superen ampliamente los mínimos exigidos, alcanzando vejeces promedio de 12, 15 o 18 años, e incluso, en algunos casos excepcionales, más de medio siglo.

El reconocimiento explícito de vejeces medias y añadas permite a los elaboradores del Marco de Jerez posicionar productos con envejecimientos muy superiores al mínimo legal, que en la práctica podían superar varias décadas.

Junto a la revisión de las categorías y el envejecimiento, en el pliego de condiciones se introducen ajustes en los requisitos físico-químicos de los brandies de vejez calificada, así como en "los niveles de absorbancia en los Solera Reserva y Solera Gran Reserva", al tiempo que se eliminan las referencias a los rangos de ácido tartárico de las vasijas.

También mejora la redacción sobre la zona geográfica -la zona de elaboración y envejecimiento del Brandy de Jerez está constituida por los términos municipales de Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María y Sanlúcar de Barrameda-, sobre los tipos de aguardientes de vino utilizados para su elaboración y sobre las condiciones de envasado y etiquetado.

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